Bien, se redimió!!!
Viste que con claridad, las respuestas son otras?
Yo lo veo a la inversa que GU . . .

Debo andar perdida.
El tema del alquiler del sillón, mmmmm me parece que era un tipico fraude laboral, el alquiler del sillón de peluquero, no?? Y si no, quizá el empleado tambien sea odontologo, y por ahí se podría argumentar violación del 88, pero si el tipo le alquiló el sillón, estimo que se presume que lo ha autorizado a ejercer, es decir, no habría violación del 88, salvo que hayan firmado algo, o le quite clientes y ello pueda demostrarse, Pero igual no sería para una reconvención.
Pero el tema de la ortodoncia, si el empleador es ortodoncista . . . . por ahí entre el 103 bis, o mejor por el 132 h lo trataría de encauzar. Y mejor que mejor debe haber alguna pauta en el CCT de trabajo, la hay en comercio por ejemplo. Quizá en este tema, no se cual es el convneio, tambíen haya alguna pauta que permita tener por configurada la deuda.
Respecto a si pueden plantearse via reconvención, depende el codigo de procedimiento que se aplique, cosa que no se indica, ya que por lo menos acá, la reconvención exige que la materia sea sustanciable por el mismo tramite.
Ojo, no confundir reconvención con compensación, que es otro tema, uno es procesal y otro es de fondo. Y los jueces son extremadamente reacios a conceder compensaciones entre empleado y empleador, ya que aplican el 131 como si el 132 no existiera!