TEngo que hacer una notificacion, yo se q el demandado no vive mas en el domicilio que figura en el expte. Tengo q denunciar el nuevo domicilio o puedo mandar la ced al domicilio actual, asi nomas ?
Si ya está abierto el proceso, al domicilio constituído. De tener que notificar por vez primera, al domicilio conocido, caso contrario estaría obrando de mala fe si notifica a un domicilio que sabe que no lo localizará y ésto no creo que varíe de provincia en provincia (digo porque soy de prov. de Sta Fe y casi siempre quedo mal parado con respuestas procesales, jejeje)
Aguarde otras opiniones.
Saludos.