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 #557791  por luciana19
 
Hola les cuento cual es mi nueva duda, pedi en un expediente regimen de visitas provisorio y me lo otorgaron el viernes ahora tengo que notificarlo, pero la duda es si lo tengo que notificar al domicilio real de la demandada o al constituido, lo busque en el codigo y no lo encontre si alguien sabe espero la respuesta o el art del codigo que establece como notifiar cada cosa, saludos espero sus respuestas
 #558221  por diegogvillamayor
 
al constituido.

saludos.