Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Llenar formulario 102 empleador

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #558201  por luca
 
Hola, perdon por mi pregunta pero hice 1 jubi el año pasado y ahora tengo otra me puse a leer en el foro y veo que hay cambios, ya lei la circular 18/10 pero quiero saber como es en la práctica.
Debo poner en el formulario 102 el nombre del empleador? Ya que la que yo habia hecho lo dejé en blanco. Le pido a mi cliente que me diga de una persona que diga que ella trabajaba alli en caso de verificación?
 #558222  por mariouba
 
si pero tene en cuenta que el empleador debe tener el ADP, porque te cargan el cuil o cuit y lo verifican en el momento de iniciar, por otro lado tenes que llevar el dia del inicio el 102 y el 575 y los pagos y ademas tenes que llenar el ANEXO 1, que es una declaracion jurada.
Suerte y espero que no te toque la verificacion a mi me verifican dos y la verdad es que estoy preparando a las personas
 #558232  por luca
 
Gracias por contestar! Solo acredito datos personales con fotocopia del DNI no?
 #558258  por mariouba
 
si, igual trata de que sea alguien conocido del beneficiario y si es un jubilado mejor porque ya tiene el ADP, si para el ADP, tenes que llevar original y fotocopai del DNI, tambien lo tiene que hacer tu cliente.
bueno suerte
 #558268  por Aimael
 
A VER CHICOS si sos profesional al menos aca en Rosario nosotros llevamos una fotoc certif nada mas para los adp mas una nota, en consecuencia no hace falta el dni y no hace falta q vaya la persona y comerse una cola toda la mañna si nosotros se la podemos simplificar!
de donde sacan eso de q sea jubilado el dador? a mi me resulta mas conveniente q sea alguien que a simple vista pueda acreditar un cierto grado de solvencia como para poder pagar serv domestico, si es un jubilado con la minina q encima tiene moratoria imaginate q me parece medio imposible desde lo economico pagar sdm! no le generen dudas al verificar traten de que todo el contexto sea acorde!
 #558302  por mariouba
 
Mira yo tengo cientos de jubiladas que tienen la minima pero que el esposo gana muy bien y tienen servicio domestico, o a muchos se lo pagan los hijos para que la madre este atendida, hoy una persona de 60 o 65 es activa practicamente, no entiendo tu reaccion yo se lo dije para simplificar a mi hasta ahora no me rebotaron ninguna, tanta solvencia hay que tener cuando hijos pagan a abuelos $1500 ge geriatrico,. Bueno perdon otro tema como se hace para cetificar una fotoopia de DNI ante ANSES si no se lleva el ORIGINAL, por eso es que dije llevar DNI y carta poder, no al cliente.
Pensa en simple es mejor
 #558468  por Aimael
 
MARIO NO ES ninguna reaccion si son los hijos los q pagan q se pongan los hijos de dadores entonces! pero bueno asi a simple vista como lo dijiste me parecio q no tomabas en cuenta todo el contexto economico distinto es si vos me decis q el marido esta en actividad y puede de eso inferirse q pueden sostener empleados domesticos, mira yo trabajo con gente en pueblos pequeños alejados de Anses, es mas facil q saquen la copia del dni en la fotoc de la esquina y que lo certifiquen en el juzgado comunal local q mandarlos a anses encima para un tramite de otra persona, no van directamente, si te tiene confianza yo hago certificar copia, de todas formas en los tribunales ordinarios normalmente se certif las copias sin tanta demora, en las anses de Rosario hacer un adp un particular les conlleva sacar dos numeros, (el turno del turno) en consecuencia una buena parte de la mañana y yo lo puedo hacer en el sector de profesionales sin demoras! o sea cada uno evalua como simplificarle recursos y tpos para q el dador encima q te sale no le ocasiones mas molestias aun!