Entiendo que si de los planos en esas condiciones surge con claridad la ubicación geográfica del inmueble a usucapir, pueden servir para adquirir la posesión. Ahora bien, esos planos son los denominados: Plano de Mensura para Posesión Veinteañal? realizados por Ing. Agrimensor? Además debes tener presente que, si de los informes catastrales surge con evidencia la ubicación del bien, no es necesaria la presentación del plano de mensura antes dicho. De todas maneras trata de navegar por el portal ya que existen varios topics abiertos y relacionados a tu consulta. Saludos.