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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #558046  por cecilia7342
 
Estimados/as: Escribo por la siguiente causa: tengo en mis manos un caso de liquidación de sociedad conyugal muy complejo, con muchísimos bienes en el medio. El punto es que las personas involucradas se llevan demasiado mal, sin siquiera posibilidad de diálogo. Con lo cual, para cortar con todo, se decidió proceder a liquidar la sociedad coyugal (dado que hace años se divorciaron). Mi duda es básicamente con la Tasa de Justicia: se intima como en los Juzgados Civiles a cumplir con la misma al inicio del expediente? y también quiero saber que si es asi, y una de las partes se niega a pagarla, hay posibilidad de que mi cliente abone la totalidad de la misma y luego repita contra el otro? porque si uno no quiere liquidar la sociedad conyugal, se lo puede obligar por algún medio? Espero haber sido clara, realmente necesito de su ayuda.


Muchas gracias colegas.
 #558444  por kantaclaro
 
La liqu. de la soc. tributa el 10 por mil del valor de los bienes (que para este caso será el de la subasta si no hay acuerdo para liquidarlo extrajudicialmente). Saludos
 #558663  por cecilia7342
 
Muchas gracias por tu respuesta! pero sigo con la duda del momento en que se paga la tasa, ya que algunas personas me dicen que es al inicio y otros me informan que es al momento de la venta de los bienes. Por otro lado, también me dijeron que el porcentaje que se paga de tasa es del 2,2 %, pero no sé si es el valor de venta o el valor fiscal. Me aclarás ésas dudas? Nuevamente, gracias.
 #558747  por moniba13
 
la sociedad conyugal con respecto a los bienes tratá que se haga de comun acuerdo, pues si no hay acuerdo, ¿como van a hacer para tener cada uno su 50%?? es mejor el acuerdo.
si no hay acuerdo, se tienen que vender, y si no logran vender a un tercero se tienen que rematar, con lo cual todos salen perdiendo.
la tasa de justicia se abona una vez practicada la liquidación de $$$$$$ sobre los bienes (valuados) que haya.
ni te preocupes por eso ahora, ya te lo dirá el juez en su momento. lo primero es el acuerdo, hay que lograr eso explicarles que sino pierden. hacelo vos al acuerdo conjuntamente con el abogado de la contraria. quien se queda con cual cosa, o con que dinero, etc etc, etc. suerte, moniba