Que costas?, si vences en lo principal no existe motivo de cargartelas por un rubro que casi no representa nada.
Plus petitio?............ naaaaaaaaaaaaaaaa!!!
El argumento es que la indemnización integra el neto percibido por el empleado en el periodo que se produce el distracto, por lo que corresponde el pago de SAC sobre la misma (art.121 y 123 de la LCT),
Plus petitio?............ naaaaaaaaaaaaaaaa!!!
El argumento es que la indemnización integra el neto percibido por el empleado en el periodo que se produce el distracto, por lo que corresponde el pago de SAC sobre la misma (art.121 y 123 de la LCT),
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.
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