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  • demanda ordinaria de cobro de pesos

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 #560351  por lmp
 
Alguien me puede ayudar, tengo un caso en el cual mi potencial cliente era el locador y durante los ultimos 4 meses no percibio el pago del alquiler, los inquilinos se fueron del inmueble al vencimiento y éste pretende iniciar juicio para lograr el cobro, alguien me puede da unamano y pasar modelo de la demanda.
ah olvidaba decir que tengo copias de veinte recibos que este extendio y el contrato
 #560493  por BRENDITA
 
acordate q antes de iniciar demanda ejecutiva x cobro de alquileres tenés q preparar la via ejecutiva, acá te mando un modelo, fijate q es de acuerdo al CPCC de santa fe, y este modelo es solamente para el locatario, en el caso de q vos tengas garantía tambien tenes q prepararla contra el garante citándolo a q reconozca su firma en el contrato. saludos


INICIA MEDIDAS PREPARATORIAS
Señor Juez:

..............., abogado, inscripto en la matrícula, con fianza vigente, constituyendo domicilio a los efectos legales en ........................... a VS respetuosamente digo:

1.- PERSONERÍA: Que como lo acredito con el poder .........., soy apoderado de ................cuyos demás datos obran en el mismo y que doy por reproducidos.
2.- OBJETO. Siguiendo precisas instrucciones de mi mandante vengo a promover medidas preparatorias de juicio ejecutivo contra .........., domiciliado en .......... a fin de que el demandado sea emplazado para que en el término de diez días confiese su calidad de locatario, plazo de la locación y exhiba el último recibo.
Todo en base a los hechos y derecho que a continuación expongo:
3.- HECHOS: Mi mandante, como lo justifica con el contrato de locación que acompaño, dio en arrendamiento por el término de ........ meses a partir del ............. la finca sita en calle ........... nº ...... de la ciudad de ........ El precio de la locación se estableció en ............ pagadero del .... a. ..... de cada mes por adelantado en el domicilio de mi mandante.
El accionado adeuda en la actualidad los alquileres correspondientes a los meses ............. a la fecha.
Ante la falta de pago de los alquileres vencidos y adeudados, mi parte realizó gestiones y reclamos al respecto, sin haber obtenido hasta la fecha ningún resultado. Mi poderdante intimó al demandado mediante carta certificada con aviso de retorno el pago del crédito sin tener resultado alguno.
Que en consecuencia, ante la falta de respuestas de las gestiones extrajudiciales y encontrándose en mora el accionado, mi representado se ve en la necesidad de promover la presente medida preparatoria de Juicio ejecutivo.
IV.- DERECHO: Fundo el derecho de mi parte en lo preceptuado en los arts. 445 inc. 2 del cod. proc. civ. y com. de Santa Fe.
V.- PETITORIO. Por lo expuesto a V.S. solicito:
1) Me tenga por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, acordándoseme la participación que por ley corresponde.
2) Por iniciada demanda de medidas preparatorias de juicio ejecutivo contra ............., domiciliado en ................ a quien se emplazará para que en el término no mayor de diez días confiese su calidad de locatario, término de la locación, precio convenido y exhiba el último recibo, bajo apercibimientos de tenerlo por confeso y por preparada la vía ejecutiva.
Provea VS de conformidad,
POR SER JUSTICIA
 #560576  por eduferry
 
IMP: seguramente cada jurisdicciòn tendrá modalidades particulares a su código de procedimientos; en Capital Federal acostumbramos intimar mediante CD el pago (10 días) como marca la ley de locaciones urbanas y luego demandamos ejecutivamente habilitando la vía, como bien te dijeron, pidiendo se cite al deudor a que reconozca el documento y su firma, bajo apercibimiento.
 #560614  por BRENDITA
 
la obligac. de intimar x el plazo de 10 dias como dice el art. 5 de la ley de locaciones es para el caso de querer iniciar un juicio de desalojo x falta de pago, pero en este caso se trata de deudas de alquileres sin desalojo xq ya se fue el inquilino. De todas maneras igual antes de iniciar cualquier demanda incluso la medida preparatoria siempre se intima a los efectos de ver si se llega a un acuerdo.
 #561888  por lmp
 
o sea que se utiliza la via ejecutiva??? yo creia que como los inquilinos se fueron tramitaba por via ordinaria el juicio y que la ejecutiva solo se aplicaba si estaban aun los inquilinos ahi dentro. es la primer demanda de este tipo que tengo y no se bien pata donde agarrar.. muchas gracias a todos.. si alguien tiene algo mas paar aportar se los agradezco!!
 #561936  por BRENDITA
 
x lo menos en prov. de sta. fe la deuda x alquileres tramita x la via ejecutiva y lo q le da ejecutivadad es la preparac. de la via.
 #562745  por leoneldero
 
hola!
no se de q pcia sos, pero en la mia (entre rios) para ejecutar los alquileres atrasados no es necesario el reconocimiento de firma ni del documento. Basta con que cuando hayas tenido el contrato (privado, ni siquiera escrit. pub.) firmado lo hayas hecho sellar (impuestos de sellos de la pcia que se pagan en todas las pcias para los contratos de alquiler). incluso si no lo has hecho sellar aun, lo podes hacer pagando intereses (t sale mas caro, claro). es decir, acá es TITULO EJECUTIVO x expresa dispocision del codigo procesal. por lo tanto, al locatario solo le quedarían las excepciones tipicas de este proceso.

te aviso para que chequees el codigo, no sea q en tu pcia tb sea así y hagas un monton de medidas previas innecesarias, que en su caso las harás despues si t oponen exepciones... si es q contestan...
saludos y suerte!
 #563295  por lmp
 
hola soy de pcia d eSanta fe, pero me entró la duda del trámite a aplicar porque la otra vez hice una demanda de cobro de pesos por la via ordinaria (se tratataba de un contrato de locacion de servicios) y fue admitida y yo pensaba que en este caso tambien la podioa tamitar por la via ordinaria y ejecutica solo si los inquilinos estaban aun viviendo en el inmueble, cosa que no se da aca.
 #563370  por BRENDITA
 
art. 442 2) CPCC prov. sta. fe, traen aparejada ejecución: los créditos provenientes de alquileres (no te aclara ninguna situación en especial, de todas maneras todo lo q tramita x la via ejecutiva puede tramitarse a tu opción x la via ordinaria pero no a la inversa, x ej. el cobro de un cheque es x la via ejec. xq no tenés q probar la causa pero si vos preferis hacerlo como un ordinario podés y tenés q probar la causa.
 #563594  por lmp
 
brendita la verdad que eso no lo sabía...la posibilidad de opción.. muchas gracias por el apote!! saludos
 #563597  por lmp
 
me olvidaba, en el caso de tramitarlo por la via ordinaria me serán suficientes como medois d eprueba el contrato que está sellaldo, los 20 recibos de pago en duplicado que extendio el locador, y ofrecer pericial caligráfica, testimonial y con ello es suf para probar la causa?? o me falta alguno que sea imprescindible?
 #563807  por BRENDITA
 
el contrato sí (y tiene q estar sellado, q es bastante saladito), los recibos de pago no necesitás presentarlos, el q los tiene q presentar es el demandado en el caso de q diga q tiene pagado los meses q vos reclames. La etapa probatoria viene mas adelante y las pruebas q vayas a ofrecer dependerán de lo q conteste la otra parte, si el demandado te desconoce la firma del contrato entonces tendrás q ofrecer pericial caligráfica, si dice q él además nunca alquiló entonces ofrecé tb. testimonial de vecinos. Vos hacelo como quieras pero no sé xq querés hacerlo x la via ordinaria cdo. es más simple x la ejecutiva.
 #755927  por docpower
 
POR FAVOR, necesito una mano con esto....
A un cliente le rechazaron varios cheques. Algunos por falta de fondos y otros tenían denuncia de extravío... en fin lo estafaron...
El punto es que nunca envío comunicación fehaciente al librador ni endosantes del rechazo de los mismos.-
Encima, se les venció el plazo de los 13 meses para acudir a la vía ejecutiva!...
El banco girado tiene domicilio en Capital Federal.-
Estimo que puedo demandar ordinariamente, pero... es requisito sine qua non la notificación fehaciente del rechazo??
Les ruego me ayuden con esto, puesto que estoy perdido....
Muchas gracias.....