Hola, necesito su opinión para decidir si recurso o no una regulacion de honorarios de Cam. Cont. Adm. Fed.
El tema es el siguiente: Yo represento como apoderada al actor. La causa se declaró de puro derecho y la sentencia salio por $71.000. En primera me regularon 5.100. Yo apele por bajos y la contraria por altos. En camara resolvieron bajarme los honorarios por la 1era. instancia a $4010.-
Fui a hablar con la gente de la camara y me dijeron que ellos regularon tomando en cuenta que se cumplio "una sola etapa" de acuerdo al art. 38 de la ley 21.839 (porque no hubo ni prueba ni alegatos) entonces del mínimo legal del 11%, toman un tercio y de ahi salen los $4010. HONESTAMENTE no se si es correcto que regulen de esa manera. Tengo otras causas identicas (con puro derecho) en otras salas y me han regulado entre el 11 y el 20 del monto del asunto, sin distinguir este tema de etapas. Como lo ven?
Y por otro lado; si la regulacion fuera correcta, prosperara que exija un tercio mas de regulacion alegando que el 38 estipula "alegatos y cualquier actuacion posterior hasta la sentencia definitiva" y yo obviamente notifique la declaracion de puro derecho a la contraria y luego solicite se dicte sentencia. Me sacaran corriendo??? muchas gracias al que conteste porque esto vence el martes 01/06.
El tema es el siguiente: Yo represento como apoderada al actor. La causa se declaró de puro derecho y la sentencia salio por $71.000. En primera me regularon 5.100. Yo apele por bajos y la contraria por altos. En camara resolvieron bajarme los honorarios por la 1era. instancia a $4010.-
Fui a hablar con la gente de la camara y me dijeron que ellos regularon tomando en cuenta que se cumplio "una sola etapa" de acuerdo al art. 38 de la ley 21.839 (porque no hubo ni prueba ni alegatos) entonces del mínimo legal del 11%, toman un tercio y de ahi salen los $4010. HONESTAMENTE no se si es correcto que regulen de esa manera. Tengo otras causas identicas (con puro derecho) en otras salas y me han regulado entre el 11 y el 20 del monto del asunto, sin distinguir este tema de etapas. Como lo ven?
Y por otro lado; si la regulacion fuera correcta, prosperara que exija un tercio mas de regulacion alegando que el 38 estipula "alegatos y cualquier actuacion posterior hasta la sentencia definitiva" y yo obviamente notifique la declaracion de puro derecho a la contraria y luego solicite se dicte sentencia. Me sacaran corriendo??? muchas gracias al que conteste porque esto vence el martes 01/06.