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 #481155  por gi2008
 
Hola, hablando con una colega me dice qeulos acuerdos firmados y homologados tanto en el ministerio ocm en el seclo son pasibles de nulidad y los empleados pueden iniciar juicio pidiendo la nulidad de lo acordadeo y reiterando reclamo. Pregunto esto es asi? no existe seguridad juridica en este aspecto? Si fuera asi nadie acordaria creo yo. Cual es su opinion? yo tengo que acordad el lunes en el ministerio y la verdad ante este comentario me surge la duda si arreglar o esperar que vaya a juicio. en todo caso.

Otra cuestion: si un empleado firma liquidacion final por despido y cobra todo, puede despues iniciar reclamo por diferencias salariales a pesar de haber firmado liquidacion conforme? Yo estimo qeu s. Gracias!
 #481197  por GU
 
Se puede pedir la nulidad de los acuerdos. No se bien como es en provincia porque litigo principalmente en capital, pero tengo entendido que en el ministerio se registran los acuerdos. En el seclo, si, se homologan. Aun con homologacion, si existiere una causal que haga que el acuerdo sea nulo, se puede pedir (como cualquier nulidad), pero eso no significa que cualquier acuerdo puede voltearse alegremente. Un caso tipico por el cual se pide la nulidad de los acuerdos, es acreditar que el abogado del trabajador fue puesto por la empleadora.

Respecto a las diferencias, por supuesto que puede pedirlas. Principio de irrenunciabilidad y pago a cuenta.

Salutes!
 #560641  por GiselaAng
 
GU escribió:Se puede pedir la nulidad de los acuerdos. No se bien como es en provincia porque litigo principalmente en capital, pero tengo entendido que en el ministerio se registran los acuerdos. En el seclo, si, se homologan. Aun con homologacion, si existiere una causal que haga que el acuerdo sea nulo, se puede pedir (como cualquier nulidad), pero eso no significa que cualquier acuerdo puede voltearse alegremente. Un caso tipico por el cual se pide la nulidad de los acuerdos, es acreditar que el abogado del trabajador fue puesto por la empleadora.

Respecto a las diferencias, por supuesto que puede pedirlas. Principio de irrenunciabilidad y pago a cuenta.

Salutes!
hola Gu, me han consultado por unos casos para realizar un planteo de nulidad del acuerdo del Seclo. Según lo que escribís, y por lo que estuve buscando de jurisprudencia hay varias salas que han dado lugar a dicho planteo, y por el tema de las diferencias salariales en función de la irrenunciabilidad podría plantearse. Tendrás algún modelo para pasarme y tener de guía por favor. Tengo que reclamar también el incumplimiento de entrega de certificados art. 80 que no se efectuó en el seclo y tampoco se consignó en el acta.

Si podés ayudarme te agradeceré.

Saludos.
 #560696  por elnegociador
 
CON RESPECTO A LOS ACUERDOS CELEBRADOS EN EL MINISTERIO, TE COMENTO QUE POR EMPLEO EN NEGRO SOLAMENTE LOS MISMOS SON REGISTRADOS NO SE HOMOLOGAN, (SE REALIZAN A LOS EFECTOS DE FORMALIZAR UN PAGO) SIEMPRE ESTA LATENTE EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR PUEDA SEGUIR RECLAMANDO, LOS DE TRABAJOS REGISTRADOS SI LO HOMOLOGAN, CON RESPECTO A LAS DIFERENCIAS SALARIALES COINCIDO CON (GU) *suerte*
 #561019  por Dra.pi
 
Mandaste telegrama solicitando los certificados del art. 80? Si ya pasaron los 30 dias de extinguida la relacion laboral, por 2 dias habiles!