Me llegó al estudio un cliente que es embarcado, y quiere jubilarse, alguien podría orientarme POR FAVOR! estoy perdidisima. Por lo que estuve viendo por el dto. 6730/68 podría jubilarse antes de tener la edad de 65. Pero con que edad podría jubilarse?? Tengo q pedir certif. de servicios a todas las empresas q trabajo? No se ni por donde empezar, cualquier cosa en la que puedan ayudarme se los agradezco.
Besitos
Besitos