Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ART 215 PUEDO PEDIR CONVERSION 214 INC 2?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #561684  por ORIANA1
 
HOLA FORISTAS!. Tengo un divorcio por el 215 presentados cada conyuge con su letrada, pero en la audiencia ella manifiesta que acepta divorciarse si mi cliente se hace cargo de los honorarios de su abogada.
puedo pedir que se convierta en la causal objetiva del 214 inc 2?. o debo presentar otra demanda?
gracias!!!
 #561874  por Paris
 
ORIANA1 escribió:HOLA FORISTAS!. Tengo un divorcio por el 215 presentados cada conyuge con su letrada, pero en la audiencia ella manifiesta que acepta divorciarse si mi cliente se hace cargo de los honorarios de su abogada.
puedo pedir que se convierta en la causal objetiva del 214 inc 2?. o debo presentar otra demanda?
gracias!!!
Oriana, para poder pedir la conversión de un 215 a un 214 inc.2 tiene que estar dado el presupuesto básico del tipo objetivo, es decir, separación de los cónyuges, en forma continua e ininterrumpida por un plazo mayor de 3 años. Si tenés esos 3 años, entonces, ambos cónyuges, en un solo escrito, cada uno con su letrada, pueden pedir la conversión. Te conviene agregar los acuerdos sobre alimentos, tenencias y régimen de visitas, si es que los hay, lo más completos posibles, y si todo está bien, probablemente pase directamente a sentencia (esto depende el Tribunal donde esté radicada la causa). Suerte!!!!
 #562330  por ORIANA1
 
Paris escribió:
ORIANA1 escribió:HOLA FORISTAS!. Tengo un divorcio por el 215 presentados cada conyuge con su letrada, pero en la audiencia ella manifiesta que acepta divorciarse si mi cliente se hace cargo de los honorarios de su abogada.
puedo pedir que se convierta en la causal objetiva del 214 inc 2?. o debo presentar otra demanda?
gracias!!!
Oriana, para poder pedir la conversión de un 215 a un 214 inc.2 tiene que estar dado el presupuesto básico del tipo objetivo, es decir, separación de los cónyuges, en forma continua e ininterrumpida por un plazo mayor de 3 años. Si tenés esos 3 años, entonces, ambos cónyuges, en un solo escrito, cada uno con su letrada, pueden pedir la conversión. Te conviene agregar los acuerdos sobre alimentos, tenencias y régimen de visitas, si es que los hay, lo más completos posibles, y si todo está bien, probablemente pase directamente a sentencia (esto depende el Tribunal donde esté radicada la causa). Suerte!!!!

PARIS GRACIAS POR CONTESTARME, pero te cuento que la sra en la audiencia manifestò que ella està de acuerdo con divorciarse si mi cliente se hace cargo de los honorarios de su abogada cosa mi cliente no aceptò. entonces presentar un escrito conjunto es imposible.
los requisitos del trancurso del tiempo estan dados y denunciados en el expediente de presentaciòn conjunta. con respectoo a los alimentos reg de visitas ya està resuelto en otro expediente. saludos