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  • SECLO RECLAMO POR DESPIDO Y ENF PROF. AYUDA!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #561945  por hernan707
 
ESTIMADOS COLEGAS:
Quería pedir opinion respecto de lo siguiente. Tengo que iniciar un Seclo contra una empresa a la que le reclamaré los creditos derivados de un despido y la indemnizacion integral (accion civil) por enfermedad profesional. Demandare asimismo por esto ultimo a la ART.
Ahora bien, si se inicia el reclamo ante el Seclo respecto de los dos reclamos en forma conjunta, tendre algun inconveniente si la empleadora quiere conciliar la parte de los creditos provenientes del despido, pero no asi la reparacion integral por la enfermedad??
Es posible que el conciliador levante el acta asentando el acuerdo en relacion a la parte del despido, dejando a la vez expedita la via judicial por la reparacion integral (derivada de la enfermedad profesional)????? Se puede hacer esto??,
o me convendría iniciar el reclamo ante el Seclo en forma separada por cada uno de los rubros que se reclama (indemn x despido y otro por reparac. integral por enfermedad profesional)
Gracias por las opiniones.
hernan
 #562081  por doctordoctor
 
Si, pueden conciliar en algo y en otro no.
La Frase "Nada mas se tendrá que reclamar" juega para los rubros que se debieron reclama ry no se reclamaron como para los accidentes reclamados por LRT.
Pero por los plenarios Lafalse y Aizaga... (lafalse creo que no se llama) hace cosa juzgada esa frase sobre todo, menos sobre la enfermedad profesional reclamada en base al derecho civil.

igual aguarda otras opiniones
 #562084  por doctordoctor
 
Es decir, si cuando vas al seclo, en la relacion hubo diferencias salariales y un accidente de trabajo, y al seclo solo mencionas las diferencias salariales, ese acuerdo hace cossa juzagda tambien para el accidente, SALVO QUE lo plantees por la via del derecho comun. Ya que si lo planteas como accidente e indemnizac tarifada por LRT, te pueden oponer excepcion de cosa juzgada.
 #562168  por pablorix
 
lo mas conveniente es hacer dos reclamos por separado. eso se hace en general cuando hay despido y reclamo por reparacion integral de enfermedad o accidente laboral. asi si tenes que iniciar 2 demandas una por despido y otra por accidente tenes dos actas de cierre.
 #562497  por hernan707
 
Ok. Siempre es bueno escuchar opiniones para abrir la cabeza. Ya me va quedando más claro qué es lo que tengo que tener en cuenta y las diversas opciones. Muchas gracias!!!!!
 #564926  por sole_v
 
Consulta: en caso de cerrar acuerdo por liquidación final y que nada se diga con respecto a la enfermedad profesional, eso invalida el reclamo posterior cuando la ART dictamine el grado de incapacidad, porque si a la fecha de cierre de la mediación no hay dictamen sobre incapacidad pero si está declarada enfermedad profesional transitoria, no debería imposibilitarte posteriormente el reclamo por enfermedad.
Que opinan?