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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #562572  por LORENSLEGAL
 
COLEGAS: NO HAGO MUCHO LABORAL EN CAPITAL PERO TENGO UN CASO Y TENGO QUE CONFECCIONAR LOS OFICIOS.
EL PLAZO QEU DEBO PONER ES EL DEL ART. 398 DEL COD PROC CIV Y COMERCIAL VERDAD? CON LA MODIFICACION DE LA LEY 25488, 10 DIAS HABILES PARA ENTIDADES PUBLICAS YPRIVADAS?
 #562877  por doctordoctor
 
si la resolucion no dice en que plazo, se supone que ley especial deroga a la general y la especial es el plazo propio de la 18345 (proced laboral en capital, 10dias y 20dias (si mal no recuerod) y si dice plazo del articulo 398 es el de civil unificado en 10 creo.
Igual si podes pasar pore l juzgado para verificar con el chico de mesa de entradas seria mejor. pero imagino ue es asi.