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  • HAY PREJUDICIALIDAD PENAL????

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 #562622  por drbanshee
 
Hola les consulto a los colegas sobre el siguiente caso, en donde mi cliente adquiere un automovil, quedando un saldo impago, por el cual se le hace una prenda, y a su vez se le hace firmar un pagare por la misma, suma, mi cliente fue pagando religiosamente las cuotas de la deuda (tiene los recibos), y al final paga todo el prestamo, le levantan la prenda sobre el vehiculo, pero no le restituyen nunca el pagare que queda en poder del acreedor.
Hoy tres años despues, le inician ejecutivo por ese pagare, que el ya ha pagado, y tenemos que contestar la demanda ejecutiva.
Una de las alternativas que se me presentan y que estoy barajando es hacer que mi cliente denuncie a estos tipos por estafa o fraude por cobrar dos veces lo mismo, y la duda principal es que si esa denuncia (policial o penal) generaria una paralisis del proceso ejecutivo, hasta que se determine o podamos probar que es victima de un cobro doble.
Hay prejudicialidad penal?

La denuncia entiendo que es viable, consideran que podria prosperar?? Presentarla ahora y presionar con eso para un arreglo o presentarla despues??
 #562637  por Pandilla
 
Hola, hasta donde entiendo, la cuestión corre por la vía civil. Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #562705  por poorlaw
 
Hola,

En general, no se puede invocar el CC 1101 en los procesos ejecutivos, básicamente por dos cosas: 1) no se admiten defensas causales en estos juicios y 2) cualquier irregularidad delictiva no puede ventilarse en esta clase de juicios, pero se puede dirimir en un proceso ordinario posterior. Pasa que la instrucción penal versará sobre la causa del título, y en las ejecuciones se discute solamente sus condiciones extrínsecas.

Pero, quien sabe, tal vez haya alguna vez algún jurisprudencia que opine distinto.

Saludos.