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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #56113  por monik
 
Hola!! Alguien me puede decir si es necesario ampliar periodos en el SICAM 2 o bien se puede hacer todo en SICAM 1. Pregunto porque veo muchos están utilizando el sicam 2 y tenía entendido que esto ya no era necesario. Gracias!
 #56141  por Ishtar
 
Hola, por la resolución Vale todo (69/06) algunos hacen un solo sicam, otros en 2..., yo las sigo haciendo en 2 :roll:

Si querés publicá los datos y como la harías y te damos entre todos opiniones...

 #56221  por empí©docles
 
Depende de lo que declares.- La circ. 69/06 te habilita para hacer todo en uno solo (SICAM I) si NO optás por moratoria 592.- Y si allí tildás que SI, va el período original en el I y el amplado en el II.-

 #56279  por Aldeberan
 
Yo hago en SICAM 1 y SICAM 2. Cuando pregunte en ANSES (Lomas de Zamora) me dicen que estan mal hechos los tramites en un solo SICAM (SICAM 1). Cada UDAI con su librito... Por las dudas no cuesta nada hacerlo en SICAM 1 y 2.

 #56283  por monik
 
Aldeberan escribió:Yo hago en SICAM 1 y SICAM 2. Cuando pregunte en ANSES (Lomas de Zamora) me dicen que estan mal hechos los tramites en un solo SICAM (SICAM 1). Cada UDAI con su librito... Por las dudas no cuesta nada hacerlo en SICAM 1 y 2.
GRACIAS A TODOS POR SUS RESPUESTAS!!!

 #56289  por ilvinavaleria
 
he visto muchos tramites rebotados poor hacer todo en un solo sicam. yo sigo haciendo las cosas en dos

 #56291  por d_lorenti
 
Disculpen mi ignorancia, me podrian decir mas o menos que ponen en uno y otro sicam, o sea como suelen separarlos.

Saludos Diego

 #56352  por ilvinavaleria
 
hola d_ lorenti, en el sicam 1, se pone la situacion de revista original para aquellos casos que la persona tenia una inscripcion en auton. (anterior a la moratoria), en ese periodo se pueden declarar los beneficios. En sicam 2 lo que compres por moratoria, amplias periodos, aca no se pueden declar los beneficios!

 #56368  por ramon
 
ilvinavaleria escribió:hola d_ lorenti, en el sicam 1, se pone la situacion de revista original para aquellos casos que la persona tenia una inscripcion en auton. (anterior a la moratoria), en ese periodo se pueden declarar los beneficios. En sicam 2 lo que compres por moratoria, amplias periodos, aca no se pueden declar los beneficios!
osea aclarando: en sicam 1 todo lo que pago de aut( s. de rev. original) mas los periodos que compras con moratoria ( solo para aplicar beneficios)
en beneficios aplicas estos periodos por el art 3
sicam 2
los periodos a ampliar( aca no van ningun beneficios)

 #56369  por ramon
 
ilvinavaleria escribió:hola d_ lorenti, en el sicam 1, se pone la situacion de revista original para aquellos casos que la persona tenia una inscripcion en auton. (anterior a la moratoria), en ese periodo se pueden declarar los beneficios. En sicam 2 lo que compres por moratoria, amplias periodos, aca no se pueden declar los beneficios!
osea aclarando: en sicam 1 todo lo que pago de aut( s. de rev. original) mas los periodos que compras con moratoria ( solo para aplicar beneficios)
aplicas estos periodos por el art 3
sicam 2
los periodos a ampliar( aca no van ningun beneficios)