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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #563384  por yaelkoval
 
Hola a todos. Soy nueva y necesito ayuda. El caso es el siguiente: mi cliente, mayor de edad, nació estando su madre casada con un señor y éste lo reconoció. El señor falleció (aclaro que no dejó bienes). El niño creció y se enteró por una amiga de su madre, que en realidad ese sr no era su padre y le dijo quien era. El padre biológico aparentemente es el empleador de su madre al tiempo de estar ella casada con el otro hecho éste que la madre reconoció una vez entre llantos.
Hasta donde mi mente da..mi cliente está legitimado para impugnar la paternidad matrimonial y conjuntamente solicitar la reclamación de filiación extramatrimonial al padre biológico.
Ahora bien, la acción impugnación de la paternidad matrimonial debiera dirigirse tanto a la madre como a quien figura como padre (correcto? ya que se da un litisconsorcio pasivo necesario), no obstante éste murió..contra quién debe efectuarse entonces? contra la madre solamente? o también contra los otros herederos del que figura como padre? (hermanos) y no me queda claro a qué se refiere el código al decir que "se debe acreditar la verosimilitud sea como información sumaria o diligencia preliminar al traslado de la demanda" (no bastando el reconociemiento de la madre respecto de su adulterio). Además debo promover acción de reclamación de filiación extramatrimonial contra el padre biológico.
Tiene relevancia el que se haya hecho la sucesión o no del que figura como padre?
Agradecería que alguien me oriente y me pase algun modelo que me pueda ser de utilidad. Gracias a todos.
 #563864  por kantaclaro
 
Tu cliente está legitimado para impugnar el reconocimieto que oportunamente hizo el marido de su madre. Para ello debería ofrecer como prueba un estudio de ADN que conllevaría, o bien exhumar el cadáver del señor, o efectuándolo con sus medio hermanos hijos de aquél.
Ahora bien, si con ello confirma no ser hijo del reconociente, podría (debería?) ser excluído de la DH de aquél.
Ejecutoriada la sent. de impugnación, debería iniciar la de filiación contra el padre biológico. Saludos, y espero te sirva