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  • CONSULTO ART. 338 EN PCIA

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 #563961  por DIEGO1512
 
Hola a todos, tengo una duda en la citacion a juicio del 338 en pcia, puedo en el mismo escrito recusar al tribunal y ofrecer prueba para el debate o debo pedir suspension plazo para ofrecer prueba si recuso, o presentar dos escritos por separado. gcias.saludos
 #563975  por feragus
 
Serían dos escritos diferentes. Se puede saber por qué recusás al tribunal?
 #564221  por DIEGO1512
 
Gcias por tu respuesta, lo voy a recusar porque adelanto opinión en otra resolución sobre el fondo del asunto que sera materia probatoria del debate oral!. Saludos y gcias.
 #564293  por PenalistaCBA
 
DIEGO1512 escribió:Hola a todos, tengo una duda en la citacion a juicio del 338 en pcia, puedo en el mismo escrito recusar al tribunal y ofrecer prueba para el debate o debo pedir suspension plazo para ofrecer prueba si recuso, o presentar dos escritos por separado. gcias.saludos

No existe una suspención de plazo para ofrecer prueba en virtud de ingresar una recusación... Por lo general yo lo ingreso en un solo escrito tanto el ofrecimiento de prueba como la recusación... eso sí... la recusación la interpongo como cusetión de previo y especial pronunciamiento... 8)

Lo podes ingresar de forma independiente... pero me parece más prolijo en un sólo escrito... 8)