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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #564083  por larazc
 
hola tuve un caso de alimentos hace unos meses en el que le reclamaban a mi cliente alimento por tres hijos, los tres menores, una de las menores de 17 años esta embarazada y vive en un domicilio diferente con su concubino, la juez no le hizo lugar al pedido de alimentos para la menor en concubinato, si fijo cuota para las dos que viven con la mama...es un caso en particular pero segun dijo la juez no los fijaba para la que vive en concubinato porque la tendencia es esa, y hay varios presedentes (y era menor, creo que con menos razon en tu caso que la hija es mayor)...saludos
 #564260  por Manyapapele
 
..serian interesante, que compartas con los foristas, los fundamentos juridicos que dio la juez... :wink:
..decir ..."no los fijaba por que la tendencia es esa...." es igual a no decir nada, estimado. :|
 #564570  por GerardoD
 
Sobre esta cuestión novedosa de la cesación de alimentos, con la mayoría de edad a los 18 años, puedo aportar lo siguiente: más allá de la ley de nueva mayoría de edad, y si bien la obligación alimentaria parental sigue -como bien afirmara Manyapapele- hasta los 21, si el alimentado ya cumplió los 18, es posible reclamar que se cite al ahora mayor, para que se presente como actor bajo apercibimiento de rebeldía, ya que no corre más la representación del otro padre. Aclaro que lo vi de refilón en un informe actualizado del expediente civil, agregado a una causa penal que defiendo por un momentaneo incumplimiento de alimentos ya superado de hace 5 o 6 años.
Me figuro (solo olfato juridico) en este caso, que el hecho de que la hija esté embarazada a los 18-19, sin trabajo, más allá de no convivir más con su madre, es un argumento de doble filo, ya que si la hija se presenta como actora, y reclama la continuación, es posible que el Juez pueda entender que no corresponde el cese, justamente por esa situación de mayor necesidad objetiva del alimentado.
 #564578  por Manyapapele
 
hola decis:
, "·es posible reclamar que se cite al ahora mayor, para que se presente como actor bajo apercibimiento de rebeldía, ya que no corre más la representación del otro padre."


ok. comparto que queda sin efecto la representacion de la amdre.
pero OJO, que el convenio firmado subsite.-
no pierde validez por la amyoria de edad del menor.
no entiendo bien la finalidad que tendria citar al muchachito, bajo apercibimiento de rebeldia...? :|
 #565398  por larazc
 
Manyapapele escribió:..serian interesante, que compartas con los foristas, los fundamentos juridicos que dio la juez... :wink:
..decir ..."no los fijaba por que la tendencia es esa...." es igual a no decir nada, estimado. :|
hola, te cuento que la juez no dio ningun fundamento juridico, en mi jurisdiccion se hace una audiencia previa de conciliacion, donde el juez escucha los ofrecimientos que tienen para hacer las partes, y fija los alimentos provisorios, por lo general uno despues lo deja ahi y dificilmente se fijen los definitivos. se redacta un acta de audiencia en la que solo se manifiesta el acuerdo, no es un fallo por lo tanto no hay fundamentos... la juez le respondio al abogado de la sra. que hoy la tendencia es fijar alimentos (cuando los relama la madre) solo para los hijos convivientes, pero no ahondo demaciado.
 #565513  por GerardoD
 
Es que la conjugación entre la mayoría de edad a los 18 con el mantenimiento de los alimentos hasta los 21, dio basamento logicamente a que ahora, habiendo cesado la representacion materna del menor, debe éste comparecer a estar por propio derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. La cuota fijada no se corta entiendo, pero el actor será a partir de los 18 en adelante el propio alimentado. En el expediente que citaba, así lo resolvieron.