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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #562634  por estudioromero
 
Hola a todos:
Recien incursiono en tema sucesorios , recurro a ustedes para ver si me pueden orientar y no "meter la pata".
Les cuento que me vino a ver una sra, que fallecio su madre, quien vivia en un geriatrico hace 4 años, este geriatrico privado se abonaba de la pension de la anciana y con el alquiler de su vivienda.
Todos esas "cuestiones" era llevadas a cabo por el titular del geriatrico, resulta que fallecio en enero 2010 la anciana y el dueño del geriatrico sigue cobrando todo de igual manera.
Ahora estoy por abrir el sucesorio pero me encuentro con esta cuestion.
El dueño del geriatrico alude deudas incalculables (......) a lo que informo que se presente en el sucesorio como acreedor con la documental que tenga y los inquilinos no tiene problemas en pagarle a la unica heredera de la causante, o sea a mi clienta.
Asi las cosas, recurro a ustedes, para pedirle un consejo. Conviene enviarle CD notificando a los inquilinos que de ahora (este mes) y de alli en mas deben abonar alquiler a mi cliente ( unica hija ) ?
Por favor, le pido, orientarme. Gracias!!! GMR
 #562701  por sole10
 
El titular del geriatrico debe de haber tenido un poder de la Sra.para actuar en su nombre y representación,el cual caducó con la muerte de la poderdante.
Tu cliente -alegando su calidad de heredera-debe intimarlo para que deje de actuar en nombre y representación de la causante,bajo apercibimiento de iniciarle las acciones legales correspondientes.
Si ésta persona manifiesta que es acreedora,que se presente en el sucesorio y acredite su condición (pero no se lo hagas saber,que lo resuelva por su cuenta).
Asimismo,enviarle CD a los inquilinos para que,de ahora en más,abonen el alquiler a quien corresponde,sería correcto.

Saludos !!
 #566114  por Maguis2010
 
Chicos AYUDA!!, dado que vi el post en tema sucesorio..recien me estoy iniciando tambien...justamente...y tengo un caso medio compliqueti o me la estoy complicando yo!!!
Les cuento es una sucesion en Cap Fed, de dos hermanos uno de ellos tiene una enfermedad mental (todavia no se exactamente de que tipo) pero esta internado en un psiquiatrico...justamente es la parte que yo voy a representar...(me consulta la mujer de este) dado que ya la otra parte o sea el hermano inicio la sucesion, quien llamo a la esposa de quien voy a representar es el abogado de la otra parte informando que el sr enfermo es plenamente capaz para firmar..el tema es este la sra quiere salvaguardar los derechos de su marido...
entonces...tengo que iniciar un juicio de insania...para que lo declaren insano, se va a nombrar un curador ad litem...que seria yo...y despues el definitivo, quien quiere ser curadora es la mujer...pero de este matrimonio tienen una hija mayor de edad...entonces tendrian que presentarse las dos en el escrito...y proponer como curadora a la sra?
Como es que ingreso en la causa..es decir tengo que averiguar los datos de donde esta tramitandose la misma, y presentar un escrito de que hay un nuevo heredero y presentar en el mismo certificado medicos y demas? y no se va a trabar la sucesion??? MUCHAS GRACIAS A QUIEN SEPAAAAAAAAAAA!!! saludossssssssss