Hechos: en el 2007 mi cliente firmo un acuerdo de alimentos de $600 con una clausula penal de $10 por cada día de atraso con vencimiento los 10 de cada mes. Desde la firma del acuerdo siempre pago aunque algunos meses lo hizo con atraso. Este año (2010), por cuestiones laborales se atraso en los meses de febrero, marzo y abril. Por supuesto que su ex mujer mando a ejecutar el acuerdo.
El tema es así: mi cliente ofrece cancelar los meses adeudados y ponerse al dia con la cuota alimentaria, pero tambien le estan ejecutando la clausula penal por los días de atraso con el detalle de que en la liquidación practicada le reclaman la clausula desde el 2007...
La pregunta: ¿la clausula penal tiene alguna plazo de prescripción?, es decir si hubo atrasos anteriores, ¿puede reclamarla desde la firma del convenio?, ¿porqué no reclamo antes?.... ¿podría plantearse este hecho como defensa?. La idea es centrar el debate sobre la clausula penal.
Cualquier sugerencia será muy bienvenida....
Saludos desde Bariloche
El tema es así: mi cliente ofrece cancelar los meses adeudados y ponerse al dia con la cuota alimentaria, pero tambien le estan ejecutando la clausula penal por los días de atraso con el detalle de que en la liquidación practicada le reclaman la clausula desde el 2007...
La pregunta: ¿la clausula penal tiene alguna plazo de prescripción?, es decir si hubo atrasos anteriores, ¿puede reclamarla desde la firma del convenio?, ¿porqué no reclamo antes?.... ¿podría plantearse este hecho como defensa?. La idea es centrar el debate sobre la clausula penal.
Cualquier sugerencia será muy bienvenida....
Saludos desde Bariloche