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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #56727  por CAROLA
 
ESTE SEÑOR RECIEN TIENE 65, ES DECIR, NO TIENE EXCESO.
ESTA INSCRIPTO 2/2002.


Y CON DEUDA POR ESO NO ME DA LOS 30 AÑOS-

AHORA MI PREGUNTA ES:
SI YO APLICO LA LEY 25321 DESDE 4/91 HASTA 2/2002 PORQUE TIENE DEUDA.
MI CESE PARA LA DECLARACION JURADA ES 1991 O SIGUE SIENDO 2002.??

GRACIAS
 #56732  por ms2006dc
 
hola la inscripcion que es en autonomos? si es asi el cese lo tomas en la fecha q tiene el ultimo pago. se llama cese ficto.
si no tiene relacion de dependencia ese es el cese q tomas para considerar los años de ddjj aunq en sicam tengas q prescribir todo hasta 2002
saludos,
 #56747  por CAROLA
 
Si la baja es de autonomo . no en relacion de dependencia.
Asi que si yo aplico la ley 25321 desde el 94, tomo 7 años de declaración jurada.
No interesa que haya estado inscripto como profesional hasta el 2002
.

 #56898  por empí©docles
 
El cese ficto se considera al último pago registrado, de ahí en adelante va 25321 y los años de declaración jurada según el pago que le da el derecho del cese ficto.-