Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • REBELDIA EN FAMILIA

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #569002  por santiheladero
 
EN el fuero de familia, se aplican tb las normas de al rebeldia cuando no se contesta la demanda, o solo es de aplicacion el art- 840??
 #569025  por mafeci11
 
casi casi casi seguro que si.... pero espera que alguien mas te lo confirme...
pero si...
 #569028  por mafeci11
 
me quede pensando... SI! se puede pedir la rebeldia! dude al leerlo pero si se puede!
 #569056  por sole10
 
santiheladero escribió:y de donde sale?
Art.59 del CPCCBA e ídem Nación.
 #569073  por sole10
 
santiheladero escribió:pense q ese art era solo parae l juicio ordinario
No,ése articulo se aplica a todos los procesos de conocimiento,incluyendo,a los procesos de familia -ver art.838,ley 11.453-.