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  • TRABAJO EN NEGRO Y BLANCO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #568127  por 300861
 
Tengo un cliente que trabaja hace tres años en una empresa de comunicación y recien hace tres meses que lo blanquearon. Me pregunta que pasa con todo ese tiempo en negro si por alguna razón lo dejan sin trabajo ahora?...se pierde??? se toman dos cosas distintas?... para la liquidación digo. Gracias por la ayudaaaaa.. amigos del Portal!!!!
 #568142  por doctordoctor
 
- si intimas a que lo registren estando vigente la relacion, y no lo hacen, van las multas del 9 ó 10 (uno de esos habla de la fecha ingreso) la ley 24013
- si lo despiden antes que solicites que lo registren, le corresponde la multa del art.1 25323

Si vas a intimar, pedi ayuda porque hay pautas a cumplir en la intimacion. + copia a la afip.

Es un caso de trabajo en GRIS
 #568385  por yobren
 
me gusto lo de trabajador en Gris!!

si! es como te dijo el colega preopinante, si precisas algun modelo pasame tu mail q te lo mando..
intenta que reclame la correcta registracion, pero claro, con todas las explicaciones que el caso requiere, hasta la posibilidad de quedarse sin trabajo diria yo...

pero es asi, le correspone que se lo blanqueen y llegado el caso de que no se haga.. puede `darse por despedida y reclamar las indemniaciones correspondientes.. saludos y suerte!
 #568887  por 300861
 
está blanqueado desde hace tres meses, pero lo que él me pregunta que pasa con los tres años anteriores el dia que se vaya o lo vayan...cómo se reclaman? porque fueron tres años en negro...sobre ésto es la duda....es decir, cómo se computarian los tres años en negro con esta etapa en blanco?...él no preguntó a la patronal por razones obvias. gracias colegas.-
 #568896  por 300861
 
Ahi estuve analizando la ley 24013 y el art 1 de la ley 25323.... habla de...para quienes no hayan registrado o lo hicieren de modo deficiente....en este MODO DEFICIENTE puedo incluir una inscripción con una fecha falsa, es decir, no es la fecha real en la que se inició la relación laboral, es decir hace 3 años? al momento de la liquidación, si se diera, debo hacer valer este concepto, MODO DEFICIENTE DE INSCRIPCIÓN?. Gracias por su ayuda.... me ayudan a pensar ja!. saludos.-