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  • causa despido: DESAPARICION $

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #569416  por abogadajunior
 
estimados foristas laborales, tengo un caso de un trabajador que luego de varios años de trabajo en negro, y acomision, tras denunciarlo por una desaparicion de dinero, lo despiden.
que puede hacer?
el niega porsupuesto la acusacion, ya le recomende iniciamos con los telegramas.
mi duda es como juega la denuncia por hurto que le realizaron, alguien me puede decir, en estos casos
es factible que cobre la indemnizacion?
porque en realidad le analisis de la ley, --y de ser cierta la imputacion-- fue despido con causa.
favor de ayudar!!
gracias.-
 #569441  por Romina34
 
Mirá si estaba en negro y lo despidieron invocando la causa son unos bobos!!!!!!!! porque "blanquearon" una relación laboral que era clandestina. Salvo que se haya tratado de un bruto hurto!!! y prefieran avanzar con la denuncia que tener el dolor de cabeza del juicio laboral.
Por eso, rechaza la causa y avanza del mismo que lo harías si la persona fuera dependiente registrado, ahora ellos si le imputaron un delito (como causa del despido) deberán avanzar en la denuncia penal. De ningún modo se puede invocar causa de despido la comisión de un delito si luego no se hace denuncia penal!
Si en sede penal no se puede demostrar tal delito, ergo, desaparece la causa, y corresponde la indemnización, liquidación final, y las multas de la 25323 y art. 80 LCT (por estar en negro).
Por eso, cuando cuestiones la causa deja plasmado que la relación carecía de registración (denuncia fecha de ingreso, remuneración, jornada) e invoca la ley 25323.
La recomendación que te doy es en el entendimiento que tu cliente NO cometió tal delito o de lo que te relate podrías presumir que será de dificil prueba.
Saludos,
 #569442  por Romina34
 
Mirá si estaba en negro y lo despidieron invocando la causa son unos bobos!!!!!!!! porque "blanquearon" una relación laboral que era clandestina. Salvo que se haya tratado de un bruto hurto!!! y prefieran avanzar con la denuncia que tener el dolor de cabeza del juicio laboral.
Por eso, rechaza la causa y avanza del mismo que lo harías si la persona fuera dependiente registrado, ahora ellos si le imputaron un delito (como causa del despido) deberán avanzar en la denuncia penal. De ningún modo se puede invocar causa de despido la comisión de un delito si luego no se hace denuncia penal!
Si en sede penal no se puede demostrar tal delito, ergo, desaparece la causa, y corresponde la indemnización, liquidación final, y las multas de la 25323 y art. 80 LCT (por estar en negro).
Por eso, cuando cuestiones la causa deja plasmado que la relación carecía de registración (denuncia fecha de ingreso, remuneración, jornada) e invoca la ley 25323.
La recomendación que te doy es en el entendimiento que tu cliente NO cometió tal delito o de lo que te relate podrías presumir que será de dificil prueba.
Saludos,