Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • NECESITO AYUDA!!

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #570340  por vrau
 
Buenas Tardes a todos, necesito ayuda con un tema muy particular, un joven pretende reclamar el puesto de trabajo en la Municipalidad de Cordoba que hasta hace 3 años poseia su padre hasta el momento de su jubilacion, alegando que existe una ley o decreto que (resumiendo) dice que al momento de que un empleado municipal se jubila, un pariente directo tiene derecho a reclamar su puesto de empleado.
Ahora, mi pregunta es... Esto es cierto?? Yo carezco de esta informacion y por mas que busque no encuentro nada relacionado, no mas que rumores pero nada concreto.
Agradeceria su respuesta a la brevedad.
Desde ya, muchas gracias.
 #570399  por luichi
 
Hola:
Solo puedo comentar que conozco casos similares de algunos municipios e incluso de empresas privatizadas (Ej. EDENOR, EDESUR). Espero alguien puede proporcionarte datos mas precisos. Suerte.
 #570514  por Amorina
 
Mirá, en muchos ordenamientos administrativos está o estuvo previsto. Con el tiempo esas normas se fueron dejando de lado o derogando. La clave para saber si está vigente en tu localidad es consultar el estatuto del empleado administrativo. Allí te dirá la forma de ingreso a la administración. Por otra parte, tené en cuenta que si habitualmente se respeta esa prioridad, entra dentro de lo que se denomina "costumbre administrativa" que, aunque no es obligatoria, sí implicaría que la administración para apartarse de este hacer habitual, debería fundar el motivo del apartamiento.
 #570563  por Tuli
 
Hola!!!
Les quiero comentar lo siguiente: mi mamá está por vender un inmueble de su propiedad, en Capital Federal, el mismo tenía un usufructo vitalicio de sus padres, ellos fallecieron y para escriturar se necesita presentar, además de toda la documentación que se necesita, las partidas de defunción de ellos, el tema es que yo tengo fotocopias certificadas por escribano y legalizadas por el Colegio de Escribanos pero la escribana autorizante pretende que le presente las partidas originales. Pregunto: ¿eso es así allí en Capital Federal? No sirven acaso las fotocopias ceritficadas y legalizadas ante Colegio de Escribanos? Y de ser positiva la respuesta quisiera seber cual es el fundamento.
Desde ya, muchas gracias!!!!!
 #570567  por Tuli
 
Tuli escribió:Hola!!!
Les quiero comentar lo siguiente: mi mamá está por vender un inmueble de su propiedad, en Capital Federal, el mismo tenía un usufructo vitalicio de sus padres, ellos fallecieron y para escriturar se necesita presentar, además de toda la documentación que se necesita, las partidas de defunción de ellos, el tema es que yo tengo fotocopias certificadas por escribano y legalizadas por el Colegio de Escribanos pero la escribana autorizante pretende que le presente las partidas originales. Pregunto: ¿eso es así allí en Capital Federal? No sirven acaso las fotocopias ceritficadas y legalizadas ante Colegio de Escribanos? Y de ser negativa la respuesta quisiera seber cual es el fundamento.
Desde ya, muchas gracias!!!!!
 #570601  por Jesslawyer
 
Hola soy abogada, nueva en la profesion y en este foro. Tengo una consulta y les agradeceria si me pueden contestar ya que tengo un caso un tanto complicado de resolver para mi. Les cuento: un señor de 44 años saco un prestamo de $2.000 el cual tenia que pagar el doble en 26 cuotas, y con el prestamo le dan un seguro de vida. A las 13 cuotas el sr. muere y en el contrato de seguro que contrato decia que en caso de fallecimiento le iban a abonar $5000 para cosas urgentes y $10.000 todos los meses por 2 años. Hoy fuimos a la financiera y solo le querian dar un cheque de $2400 pero no supieron explicarnos bien porque le daban solamente ese monto. Ademas las cuotas del prestamo se siguen acumulando con mas intereses
Mis preguntas son: ¿ el seguro de vida debe hacerse cargo de las restantes cuotas? ¿debe pagarle el seguro los $10.000 por mes que figuraban en el contrato?
Desde ya muchas gracias!!!!
 #571261  por Romina34
 
Jesslawyer escribió:Hola soy abogada, nueva en la profesion y en este foro. Tengo una consulta y les agradeceria si me pueden contestar ya que tengo un caso un tanto complicado de resolver para mi. Les cuento: un señor de 44 años saco un prestamo de $2.000 el cual tenia que pagar el doble en 26 cuotas, y con el prestamo le dan un seguro de vida. A las 13 cuotas el sr. muere y en el contrato de seguro que contrato decia que en caso de fallecimiento le iban a abonar $5000 para cosas urgentes y $10.000 todos los meses por 2 años. Hoy fuimos a la financiera y solo le querian dar un cheque de $2400 pero no supieron explicarnos bien porque le daban solamente ese monto. Ademas las cuotas del prestamo se siguen acumulando con mas intereses
Mis preguntas son: ¿ el seguro de vida debe hacerse cargo de las restantes cuotas? ¿debe pagarle el seguro los $10.000 por mes que figuraban en el contrato?
Desde ya muchas gracias!!!!
todos los prestamos incluyen un seguro de vida, justamente por si se muere el deudor, cubra el seguro. no deberían continuar reclamando. sobre lo que mencionas, de las sumas que deberían pagar (asumos que a los beneficiarios designados o herederos forzosos) no sabría responderte, depende lo que puntualmente diga el contrato.
salduso,