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 #569168  por camilaruiz
 
Hola a todos y perdón por lo básico de la pregunta que voy a hacer, aclaro que ya lei la normatva y hasta me compré una guía de jubilaciones, pero entre que soy novata en la profesión y que jamás hice una jubilación estoy demasiado perdida.
Mi tío se quiere jubilar. Ya tiene los 65 cumplidos y quiere que yo le haga la jubilación pero yo no tengo idea.
El ya sacó su clave y la habilitó pero yo no se como seguir. Si alguien es tan amable de instruirme se lo agradeceré.
1) Debo ingresarme como abogada en ANSES? Cómo hago el trámite?
2) El domicilio del futuro jubilado es en san miguel, puedo iniciar el trámite en capital federal? no tengo matrrícula en provincia.
3) De ser esto posible, en qué dependencia inicio el trámite? cuál es la dirección?
Perdón por la ignorancia pero no encuentro esta info en los libros.
Saludos y gracias a todos.
 #569222  por abogadolp
 
Tenes que estar inscripta en la base de Abogados de Anses; los requisitos estan en la Ley N° 17040, o podes preguntar en Anses, pero básicamente tenes que presentar
- Fotocop autenticada del DNI
- Constancia de domicilio
- Fotoc autenticada de carnet de Abogado
- Constancia de cuit/cuil
- Constancia de la caja de Abogados sobre el estado de los aporte
- nota dirigida al jefe de la Udai pidiendo que te incorpore a la base de Abogados
Los trámites de Afip se hacen ante la delegacion del domicilio de tu tio, lo restante lo podes hacer en cualquier Anses.
Cualquier duda... MP
 #570849  por mara_solange
 
Hola Cami yo me anote en anses hace como un mes y todavia no tengo respuesta.
Tampoco se como iniciar una jubilacion y se la tengo q hacer a mi abuela.
si pudiste iniciarla contame como te fue y cuales son los pasos.
Se q la matricula no importa porque el padron de anses sirve para todo el pais al menos eso me dijeron cuando me anote.

Suerte y ocntame como te fue
 #572983  por camilaruiz
 
MARA! Sigo re perdida, pero en cuanto pueda iniciar el trámite hago un post y te voy tirando la data que pueda conseguir. No creia que era tan complicado esto de previsional, la verdad, lo subestimé...
bueno, te aviso,
Un beso.
 #573121  por alejandra668
 
hola estoy en las mismas, si saben cuales son los pasos por favor avisen, tengo que ver si mi papa se puede jubilar y cambiar a mi abuela del sistema asistencial al previsional. si saben por favor respondann garciasssss.
 #573137  por natidel80
 
yo evitaria eso de empadronarse en anses, me parece una restriccion al ejercicio de la profesion, pero bue.. sera materia de debate en otro foro seguramente... presenta a tu cliente sin patrocinio y listo. digo no?
 #573411  por juanpablo1985
 
Hacele firmar los escritos a tu tio y que te acompañe a anses el dia que tenes que presentar los certificados y listo (es con turno), despues las consultas y los turnos sacalo llevando el DNI de tu tio.
No necesitas ser abogada ni tener jardin completo, hacelo sin ser su representante que es administración pública
 #576845  por claudiah
 
hola, soy nueva en previsional pero algo ya manejo, espero ayudarte. empadronarse an anses implica q será apoderada y salvo cuando tu tio te firme la carta poder (formulario de que se firma en anses, lo pedis alli), el resto del trámite los haces vos. disculpá si voy por lo básico, quizas´los sabías, pero hay q comenzar por el principio. Podes hacer el trámite en capital, yo hago de otras provincias, el tema es que te van a pedir, la oblea donde conste tu matrícula, dos fotocopias dni domicilio actualizado, te mandan a dpa a actualizar tus datos, ingresarlos, y luego a otra seccion donde presentas título, copia del mismo, copia de la oblea y del dni, asi me pidieron, fijate en algunas provincias piden otras cosas, tendrias q ver en capital q te piden.
una vez finalizado te dan, por lo menos ami, oblea provisoria hasta q me llegue la definitiva, con la provisoria igual ya hago trámites, el tema me dijeron en anses es que debo esperar a que cargue el sistema mis datos. dias en realidad.
lo que no dijiste es si tu tio cumple con los 30 años de aporte, o le faltan...detalles que debes saber para armar la jubi, en caso q no llegue a los 30 años y debas comprar y entrar en la moratoria.
si tiene los 30 años aportes, anda con tu tio, si ya te inscribiste en anses, firman el formulario carta poder, y vos despues sacas turno, pedi en anses los formularios a completar, etc. tene en cuenta que los formularios tienen validez de 30 días.
y bueno, despues le haces convenio de honorarios a tu tío, si cobra con retroactivo
espero haber aclarado algo, pusiste pocos datos. un saludo
 #576846  por claudiah
 
alejandra, tengo entendido q tu abuela cobra o q se llama una no contributiva, te cuento q tengo un caso así y para obtener una jubi de ama de casa debe renunciar a la no contributiva primero, antes de iniciar la otra.hay q tener cuidado al tramitar la segunda, por si no esta bien, te la rechazan, otardan en resolver y mientras tanto tu abuela ya no tiene la otra. me ha pasado que hasta desde q renuncia a la no contributiva sigue un mes o dos cobrando, mientras tanto ya seguro te esta saliendo la otra. creo q es esa tu consulta, un saludo
 #577061  por camilaruiz
 
Hola Claudia y muchas gracias por tu respuesta. En otros posts hasta me trataron mal por hacer preguntas básicas, asi que te estoy sùper agradecida.
Acá estoy matandome con el sicam.
Mi tío no llega a los 30 de aportes asi que le tengo que comprar años.
Trabajó de 1975 a 1978 y de 1980 a 1981 en relacion de dependencia (en realidad mucho mas, pero no los va a poder probar esos años en negro)
Mi pregunta apunta a cómo hago para comprar años en el SICAM, HACIENDO CONSTAR LOS AÑOS QUE TRABAJó EN RELACION DE DEPENDENCIA. Porque no puedo agregarlos manualmente...
Muchisimas gracias nuevamente.
Saludos y que estes bien.
CR.-
 #577518  por claudiah
 
hola, en sicam no compras años, lo que haces es incorporar años desde los 18años a setiembre del 93, para que esos años te entren en moratoria. pagando una cuota que despues de enviar sicam e iniciar el tramite pagara en 60 cuotas por ejemplo.
el tema es armar la situación de revista, sicam es para los aportes de autónomos y monotribitistas, es decir q no entra aportes en relación de dependencia. te sirven para descontar de los 30 años que se necesitan para jubilarse. ¿consultaste la historia previsional, si los aportes figuran?, , vas a tener q presentar certificación de servicios, comprobar el aporte de los mismos.
el tema de los aportes en relacion de dependencia, es q cuando armes la aplicacion de beneficios art. 3, no entren en esos períodos, y cuando compres sdm, lo mismo, igual si compras serán del 2000 en adelante supongo.
Algunos no consideran esos meses si son pocos, y aplican moratoria sobre ellos, depende, lo que si no le ponen beneficios art.3 lo que tengo entendido que esos aportes te pueden subir el haber.
consulta primero en historia previsional.
te cuento por ejemplo, que yo inicie pensión por fallecimiento, los aportes fueron hechos en 2006, ni siquiera me pidieron certificación de servicios porq ya figura todo en anses. un saludo, pero por tu caso, si vas a necesitar. recibos etc.
 #577547  por claudiah
 
arma la situación de revista, desde que cumplio 18 años, y avas agregando los períodos que entran en moratoria, aplicando la ley, aquellos que hizo aportes, marcando los períodos que son, sólo meseso año enteros. así hasta que llegues hasta 93, slos que hizo aportes si tienen certificacion cerificios, los debes descontar. tenes que sacar el calculo de cuanto te falta para los 30 años de aporte y comprar sdm. el tema es armar la situación de revista, y ver cuanto tenes que comprar por fuera moratoria, se hace antes de mandar sicam e iniciar los tramites en anses.
 #577786  por camilaruiz
 
Claudia, muchísimas gracias! Invaluable tu aporte.
Te cuento que en la historia laboral figuran 4 años en relación de dependencia. El resto voy a tratar de probarlo con recibos de sueldo y certifucación de servicios, aunque sea alguno...(mi tio está revisando sus papeles...)
Respecto del aporte de autónomos, en el TELEX figura que aportó un año apróx, pero no me aparece el número de cuenta en el SICAM, asi que voy a asociar ambas cuentas en AFIP (Formulario 460/F). Igualmente, voy a evaluar si me conviene ignorarlos, para poder aplicar beneficio art.3
Como dice Nissan, voy a estudiar bien el tema de SDM.
Saludos a ambos y GRACIAS!!!
CR.-