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  • Alta de la Art sin determinar el % de incapacidad..

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #571025  por Gyzella
 
Estimados Colegas!! Tengo una duda respecto al siguiente tema: Si la ART le da el alta a un trabajador y no establece la incapacidad, en casos obviamente que sabemos que existe la misma, porque sufio una amputación o una gran perdida de capacidad.. como y ante quien solicito su determinacion??? Intimo por telegrama a la ART ( como seria el texto?) o solicito la intervencion de la comision medica??
Desde ya les super agradecere las opiniones!! saludos
 #571046  por agentil
 
Intimá a la ART a que le determine la incapacidad y si ya te dijeron que no tiene incapacidad copsa que es imposible, anda directamente a la justicia empezando por el seclo, No pierdas tiempo con las comiciones medicas, ojo esa es solo mi opinión, saludos!!
 #571150  por Gyzella
 
Ok!! Gracias. Soy de MDP y afortunadamente no tenemos SECLO.
Me das alguna data de como confecciono el telegrama a la ART??
Seria algo asi: Que atento al alta otorgada con fecha... con relación al siniestro... Intimo a UD plazo perentorio e improrrogable de 48 hs determine y abone el porcentaje de incapacidad pertinente, bajo apercibimiento de .. ????? solicitarla judicialmente???
Desde ya muchas gracias por el dato. Saludos.-
 #571740  por pepecurdele
 
por que no la haces mas corta y lo mandas a tu cliente a la Comision Medica por discrepancia, la ART te va a contestar lo mismo que no hay incapacidad, no te olvides que las ART no son sociedades sin fines de lucro.
 #571787  por Gyzella
 
Hola!! El tema es que uno de mis clientes sufrio una amputación asi que incapacidad hay obviamente!!! y la recalificacion?????
Gracias, todas las opiniones me sirven. bs
 #571793  por Catita_1
 
Fijate la dependencia de las Comisiones Medicas en MDP y que tu cliente se presente, creo que el formulario lo bajas de la pag., si queres negociar, anda al Ministerio de trabajo y citalos a audiencia a ver si ofrecen algo, que si hay una amputacion, yo iria preparando la demanda.
 #571894  por agentil
 
Por eso les dije colegas que al haber una amputación no puede no haber una incapacidad, es insolito!! si va a las comiciones medicas va a perder tiempo en el sentido de que le van a dar un % muy bajo, mejor juicio y legista de por medio y a parte vas a recibir tus honorarios cosa que ante las comiciones medicas no recibis... saludos!!
 #572011  por pepecurdele
 
no se pierde tiempo con las comisiones medicas, ya que en primer lugar te sive para saber que dolencia tienen tu cliente, segundo si tiene incapacidad cobra rapido, tercero la comision medica y las prestaciones dinerarias de la LRT no te impiden reclamar tambien por la via civil la reparacion integral si corresponde.
 #572556  por Gyzella
 
Gracias a todos por la orientación!!!!!
Mi propuesta para resolver el tema es: Voy con un medico legista que me de un % de incapacidad, me comunico con los abogados de la art, les paso mis números y vemos. Que pague y despues en juicio reclamo las diferencias. Mientras tanto al cliente le entran unos mangos y me deja trabajar tranquila.. jajaj les parece???? saludos y gracias.-
 #572650  por Claudialo
 
Esa es mi idea. Yo hago que tome lo que le dan (para que dejen trabajar tranquilo) y la diferencia al laboral.- Incluso no obsta que el trabajador hubiere celebrado un acuerdo. Hay mucha juris sobre ello.Saludos
 #572687  por pepecurdele
 
Gyzella escribió:Gracias a todos por la orientación!!!!!
Mi propuesta para resolver el tema es: Voy con un medico legista que me de un % de incapacidad, me comunico con los abogados de la art, les paso mis números y vemos. Que pague y despues en juicio reclamo las diferencias. Mientras tanto al cliente le entran unos mangos y me deja trabajar tranquila.. jajaj les parece???? saludos y gracias.-
Linda, la ART no te va a pagar nada mediante conversaciones o acuerdos extrajudiciales sin renunciar el trabajador a todo reclamo posterior, te van a querer meter todo en una bolsa ( LRT y Accion Civil), te conviene hacer el procedimiento de la LRT por las comisiones medicas, que paguen segun lo que salga de ese tramite, y despues con tranquilad reclamar la reparacion integral y descontar oportunamente lo que le pago antes la ART mediante el procedimiento de la LRT.
 #572747  por Claudialo
 
Buen día, sí pepecurdele (ja! que seudónimo) y uno encima lo reproduce... :lol: . he leido jurisprudencia, en dónde en el laboral, te dan la diferencia si firmaste un acuerdo. No rige la doctrina de los porpios actos, por todas las cuestiones en que se decreta la incostitucionalidad de las comisiones médicas, la desigualdad, y demás. El acuerdo fué homologado por la comisión (órgano administrativo) y no por un órgano jurisdiciconal laboral, quien es el que debe velar por los derechos del trabajador y la indeminidad del mismo. Shaludos pepecurdele... :lol: :D
 #572789  por ezequielunr
 
Al igual que pepe, te aconsejo pasar por comisión médica.

Discrepo en algo y por eso posteo, para que lo tengan en cuenta:

Que haya amputación NO SIGNIFICA que haya incapacidad. Puede haber incapacidad sin amputación y puede haber amputación que no genere incapacidad LABORAL.

Era para aclararles eso. Saludos.
 #572801  por Claudialo
 
Bueno, y que mejor que el laboral para determinar y fijar ello, ya que acompañaría demás rubros?.- O cambiemos, por que no el laboral?

Las comisiones son una perdida de tiempo.-

Días atrás acompañé al cliente a la Super Intendencia, a la cita con la comisión médica, para que se determine y fije incapacidad.-
En dicho encuentro integraba "la comisión" un médico de la super intendencia y otro de la ART "como veedor", entre ellos debatieron, se reían, eran "muy amigos".- la imparcialidad, las garantías constitucionales, la idemnidad del trabajdor está en el laboral.-

Ojo ese es mi criterio, respetuosamente y agradecida que esten Ud. para poder debatir diarimante y colaborar entre nosotros.- *flor*