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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #572303  por betun
 
*leo* gracias reviso los papeles y te cuento como se hizo .dale
periquita escribió:
betun escribió:quisiera hacerte una consulta una sra que presento los papeles como docente de grado , la jubilaron por ordinaria , despues un abogado le dijo que cobrara asi y que despues le pedia el rejuste de docente , paso de udai malvinas a san martin , el otro dia fui a ver porque no salia el reajuste y me dijieron que esta a la espera de normativas , porque no es docente , la verdad es que no se que presentar si una reapertura o que tengo todos los datos y fotocopia de certificacion de docente , gracias por ayudar
Lo importante es saber si es o no docente para lo que considera ANSES. Luego seguimos para ver qué presentás.
Hay que tener en cuenta
- si es de escuela pública o privada
- de qué jurisdicción
- cuándo cesó
- cuantos años docentes frente a alumnos
- maestra de grado o de materías especiales
¿Qué documentación presentaron?
¿Decreto 137/00? ¿desde hasta cuándo?
Saludos
 #572674  por afata
 
que tal, queria preguntarte si los docentes que ya tienen los años de servicio y la edad tienen el derecho de opcion a seguir trabajando (por lo menos hasta los 60 como lo dispone la normativa general), como lo tiene el empleado privado, pues en tucuman, los intiman a jubilarse una vez cumplidos los requisitos. gracias
 #572676  por periquita
 
afata escribió:que tal, queria preguntarte si los docentes que ya tienen los años de servicio y la edad tienen el derecho de opcion a seguir trabajando (por lo menos hasta los 60 como lo dispone la normativa general), como lo tiene el empleado privado, pues en tucuman, los intiman a jubilarse una vez cumplidos los requisitos. gracias
No aclarás pero se supone que es una mujer que se podría jubilar a una edad menor, si los varones lo hacen a los 60 puede extenderlo hasta allí. Pero si los dos sexos se jubilan a los 55 ó a los 57 no puede extenderlo hasta la edad de la ley general.
Saludos
 #572743  por sobefi
 
Un Sr. trabajó 10 años en Munic. Lomas de Zamora (IPS 60/35, CONTINúA ACTUALMENTE) y tiene 3 años en Nacón 65/30, debo hacerle moratoria para completar cantidad de años de servicio y jubilarlo por ANSES.
Debo prorratear los 60/35 de IPS con los 65/30 de ANSES o va con 30 años de aportes.
Desde ya muchas gracias!!!!!
 #572831  por afata
 
muchisimas gracias por contestar, si me faltó el dato del sexo, efectivamente es mujer, pues eso dice la ley nacional que pueden jubilarse a los 57 y los hombres a los 60 años. pero existe normativa que regule que ella tiene la opción de seguir trabajando? cual es? o eso se deduce de que la oportunidad debe existir por respeto al derecho a un trato igualitario? te agradezco nuevamente, saludos
 #572903  por periquita
 
afata escribió:muchisimas gracias por contestar, si me faltó el dato del sexo, efectivamente es mujer, pues eso dice la ley nacional que pueden jubilarse a los 57 y los hombres a los 60 años. pero existe normativa que regule que ella tiene la opción de seguir trabajando? cual es? no la conozco
o eso se deduce de que la oportunidad debe existir por respeto al derecho a un trato igualitario? afirmativote agradezco nuevamente, saludos Suerte
 #572906  por periquita
 
sobefi escribió:Un Sr. trabajó 10 años en Munic. Lomas de Zamora (IPS 60/35, CONTINúA ACTUALMENTE) y tiene 3 años en Nacón 65/30, debo hacerle moratoria para completar cantidad de años de servicio y jubilarlo por ANSES.
Debo prorratear los 60/35 de IPS con los 65/30 de ANSES o va con 30 años de aportes.Va con 30 de aportes, ANSES utiliza su normativa. Desde ya muchas gracias!!!!!
Por qué lo pusiste en un post de jubilcaciones docentes??
 #573406  por periquita
 
smavuiller escribió:HOLA PERDON Q ME META- ESE SR/SRA SE DEBE JUBILAR X IPS
SALU2
Hola, está bien que te metas, porque lo lo que ve uno lo ve el otro.
¿Por qué decís que se debe jubilar por el IPS? No me doy cuenta.
Saludos
 #573637  por fito657
 
Pregunta para periquita:Un señor de la administración publica nacional se va a jubilar, aparte es docente en la provincia (IPS). ¿puede seguir trabajando como docente en provincia o tiene que cesar en los dos trabajos? el quiere seguir como profesor en provincia y algún día cuando e canse acrecentar en anses.
 #573709  por dool
 
HOLA!! aprovecho la oportunidad para consultarles, alguien tiene un modelo de reclamo administrativo? muchísimas gracias
 #573918  por periquita
 
fito657 escribió:Pregunta para periquita:Un señor de la administración publica nacional se va a jubilar, aparte es docente en la provincia (IPS). ¿puede seguir trabajando como docente en provincia o tiene que cesar en los dos trabajos? el quiere seguir como profesor en provincia y algún día cuando e canse acrecentar en anses.
Hola fito.
Si el señor tiene los 30 años en Anses puede jubilarse sin presentar lo del IPS y luego acrecentar o reconvertir en Jubilación Docente.
Puede seguir trabajando como docente en la Provincia.
Suerte
 #573961  por borgnia
 
ME GUSTARIA SABER DE ALGUIEN QUE EN LA ACTUALIDAD ESTE REALIZANDO JUBILACIONES DOCENTES EN LA PLATA, ¿COMO HAGO PARA COMUNICARME SIN DEJAR MI E-MAIL??
GRACIAS
 #574123  por JCO
 
Hola Kiara:
Pasando a mi consulta, una docente jubilada por ips,continuó trabajando en una escuela privada, durante tres años siguientes a la jubilación.
Cae enferma, la Dirección de reconocimientos médicos, aconseja tareas pasivas,ella notifica verbalmente a la escuela, y al día siguiente, le mandan un telegrama, intimandola para que inicie tramites jubilatorios en el año.
Lo insólito es que ella contesta, diciendo que renuncia al empleo, porque iniciará la jubilación por cierre de computos.
ES UN CAOS.
Ahora, en el mes de julio le daran el cese y no la dejan entrar mas a la escuela.
pregunto: No es un despido?,dado que ella ya esta jubilada.
Tiene mas de 30 años de antiguedad en dicha escuela, y cuando se jubiló no los denunció.(INSÓLITO).
Gracias.
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