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  • Juicio por alimentos

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #568614  por letizzzia
 
Estimadísimos,
Quisiera saber cuçanto puedo cobrar por iniciar un proceso de alimentos, voy por el actor. Escuché que hay abogados que cobran mensualmente, es así?
Gracias a todos.
 #571344  por Vivor
 
Hola!

Y patrocinando al demandado, cuánto se está cobrando??

Teniendo en cuenta que muy probablemente con nuestra actuación la cuota bajará...

Gracias.

Saludos.
 #571663  por Manyapapele
 
seria lo msimo, segun mi opinion.-
aunque aqui se da la paradoja, de que cuanto menos paga, menos cobras, de honorarios, aunque eso puede ser acordado, con anticipacion sobre un monto preestablecido.- :|
 #572076  por Lizzie
 
Vivor escribió:Hola!

Y patrocinando al demandado, cuánto se está cobrando??

Teniendo en cuenta que muy probablemente con nuestra actuación la cuota bajará...

Gracias.

Saludos.
En el caso del demandado, suelo cobrarle estimando sobre su haber en cuánto va a ser fijada la cuota, aunque generalmente en el acuerdo termina siendo más alta la misma. Sin embargo no se puede especular con que la cuota será tan alta, sería mala fe, estimo.
Y en ese caso les cobro dos cuotas sobre tal base. Pero al demandado gastos y honorarios por adelantado si trabaja en negro y si encima es insolvente.
Saludos.
 #572077  por LEOFIS
 
Recuerden que de acuerdo a la ley de honorarios esta prohibido suscribir convenios en cuestiones de Familia. Obvio, que mucha gente no lo sabe (particulares), pero al momento de querer ejecutar ese convenio, se puede plantear la nulidad del mismo. Slds.
 #572474  por Lizzie
 
Como bien aclararon varios colegas en otros posts lo que esta prohibido es suscribir pactos de cuota litis, no convenios.
Tal como muy bien lo acaba de mencionar abogadajunior en este post,
viewtopic.php?f=14&t=32802
Saludos.
 #572695  por Hlws
 
Por mutuo acuerdo 3 cuotas, por juicio 5 cuotas. Tener en cuenta que hay juicios que regulan poco de cuota, depende del sueldo del demandado, y de muchas mas pruebas.