como te lo explico..... el trabajador cobra antes lo que le paga la ART que en definitiva va a quedar a cuenta del reclamo posterior, vos como profesional vas a ver una parte de los honorarios antes de que se termine la accion civil y nadie te impide si queres reclamar la suma que quieras, es una posiblidad que te da la ley en la actualidad que antes no te la daba la vieja ley de acc, de trabajo ya que una via excluia a la otra. Y siempre conviene ir a la conciliacion habiendo cobrado lo previsto en la LRT, asi no te pichulea la ART la accion civil.
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.
