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 #55178  por ceciliali
 
buenas tardes a todos: tengo un alimento y no tengo manera de notificar al demandado xq se muda de un lado a otro si dejar rastros ya pasamos x 2 audiencias y nada que puedo hacer ? mil gracias

 #55183  por Sailaw
 
Notifica al lugar de trabajo. si sabes donde denuncia en el expediente y libra una cedula allí, o bien incluso por oficio a la empresa ordenando se notifique al empleado, Existen otros medios enumerados por el CPCC

MEDIOS DE NOTIFICACION

Art. 136. - En los casos en que este Código u otras leyes establezcan la notificación por cédula, ella también podrá realizarse por los siguientes medios:

1) Acta notarial.

2) Telegrama con copia certificada y aviso de entrega.

3) Carta documento con aviso de entrega.

La notificación de los traslados de demanda, reconvención, citación de personas extrañas al juicio, la sentencia definitiva y todas aquellas que deban efectuarse con entrega de copias, se efectuarán únicamente por cédula o acta notarial, sin perjuicio de la facultad reglamentaria concedida a la Corte Suprema de Justicia.

Se tendrá por cumplimentada la entrega de copias si se transcribe su contenido en la carta documento o telegrama.

La elección del medio de notificación se realizará por los letrados, sin necesidad de manifestación alguna en las actuaciones.

Los gastos que arrojen las notificaciones integrarán la condena en costas.

Ante el fracaso de una diligencia de notificación no será necesaria la reiteración de la solicitud del libramiento de una nueva, la que incluso podrá ser intentada por otra vía.

 #57155  por diegogvillamayor
 
hola como estas, no te recomiendo notificar al trabajo podes correr con alguna nulidad, yo la he pedido y ganado en un caso con un cliente mio.
pedi oficio a camara nacional electoral, en un mes mas o menos te contestan, y despues que te lo dan pedi cedula bajo resposabilidad a ese domicilio, y listo esta noticado.
ademas estas en capital o provincia???
por la etapa previa y la mediacion obligatoria digo.

saludos

 #57167  por Sailaw
 
Si se notifica al lugar de trabajo, y este la recibe, está notificado.

 #57171  por Sailaw
 
Si se notifica al lugar de trabajo, y este la recibe, está notificado.
Inclusive se puede hacer por acta notarial, basta la acreditación que recibe personalmente la demanda.

 #57172  por Sailaw
 
Pero el Dr. Villamayor tiene razón, si se notifica al lugar donde tiene registrado el domicilio en el Registro de Indentidad de las Persones y en la Camara electoral, la jurisprudencia le da validez a tales notificaciones

 #57195  por Julieta Marina
 
Sí, es asi, si notificas bajo responsabilidad al domicilio informado por la Cámara esta notificado.

Les cuento que acá en Tierra del Fuego cambiaron el criterio, lo cual voy a apelar porque no tiene sentido. Entiende uno de los juzgados que las notificaciones bajo responsabilidad no son validas si no las recibe alguien de la casa.

Saludos.

 #57199  por Sailaw
 
Si hacen dificil el notificar bajo responsabilidad, esto de ponerle restricciones, se va a volver imposible notificar.

En el 100 % de las demandas de desalojo, es necesario una segunda notificación bajo responsabilidad de la parte, eso ya es de fija!!!!

Y para colmo las notificaciones estan tardando barbaridades, incluso existen zona en que no estan cubiertas por oficiales notificadores, y tardan semanas en volver las cedulas diligenciadas.

 #57200  por Julieta Marina
 
Acá se notifica rapido pero se hace dificil con este nuevo criterio porque la gente no abre o informa que no vive el demandado en el domicilio, lo cual muchas veces no es cierto. En varias oportunidad me lo han hecho y luego he notificado bajo responsabilidad y los deudores han aparecido enseguida a pagar o refinanciar.

 #57205  por Sailaw
 
Julieta, vas a tener que mandar cartas con aviso de recepción antes incluso de iniciar la acción, o bien cartas documentos que lo tienen por si, eso es suficiente para acreditar el domicilio (la constancia de recepción)

 #57208  por Julieta Marina
 
Si en la mayoria de los casos tengo cartas documentos recibidas, venía notificando bien bajo responsabilidad hasta ahora.
 #57395  por draclau
 
ceciliali escribió:buenas tardes a todos: tengo un alimento y no tengo manera de notificar al demandado xq se muda de un lado a otro si dejar rastros ya pasamos x 2 audiencias y nada que puedo hacer ? mil gracias
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