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  • demanda por trabajo en negro-prueba

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 #574210  por dhabogada
 
Hola colegas, estoy preparando una demanda por trabajo en negro, y me surgió una duda, porq la empleadora es la dueña de una carnicería que tiene algunos trabajadores en blanco, no es el caso de mi cliente, y en cuanto llego a l punto prueba, en la pericial, pido q se exhiban los libros??? si ya se q mi cliente no figura alli???
 #574321  por dasapereyra
 
hola dhabogada: me parce que tenes una confusion.... una cosa es la prueba pericial y otra la exhicion del libro especial del art. 52 de la LCT. Se pueden ofrecer las dos pruebas o bien una sola. Al margen de esto te cuento que concretamente en tu caso te conviene pedir la exhicion del libro especial del art. 52 de la LCT por que si no se presentan corren a tu favor las presunciones del art 52 lct... recorda siempre que en derecho... LO QUE REDUNDA NO DAÑA.!!!!
 #574405  por dhabogada
 
Gracias dasapereyra!!! Ya me parecía que me había hecho una ensalada de fruta.... Jaja... :lol:
 #574446  por sergiosky
 
hay que ver que dice el intercambio telegrafico entre ambas partes, si el actor intima por trabajo en negro y la empresa responde por ejemplo algo como "niego relacion laboral" la exchibicion de libros que pidas en la demanda no tiene ningun efecto, incluso el juez debería rechasartela por prueba superflua porque la exhibicion de libros no te probará nada ante los dichos del empleador y el hecho de que la empresa no los exhiba en nada lo perjudica porque al contestarte la misiva de que no existe relacion laboral obviamente la exhibicion no arrojará ningun resultado ya que no estas registrado, vos trabajador tendrás que probar por otros medios la relacion laboral y sin beneficiarte de la omision de exhibicion de libros.
esta prueba sirve por ej. cuando vos denuncias que cobrabas x cantidad de salario y resulta que el demandado no exhibe libros, se tiene por cierto los dichos del trabajador, o cuando denuncias una categoria, etc... pero si vos denuncias que existió relacion laboral eso no se prueba con los libros del art. 52 LCT porque si la empresa niega la relacion es evidente que la exchibicion no es una prueba contundente para demostrar que si trabajaste, y no basta con afirmarlo en la demanda sino que tendrás que probarlo fehacientemente, si vos me decis que trabajaste para mi y yo te digo que es mentira la carga probatoria recae sobre vos y no es la exhibicion la prueba de la relacion sino por ej. los testigos.