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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #55785  por sergiosky
 
tordo, con todo respeto ... seguis insistiendo conque el despido verbal no existe? si bien ya lo hemos analizado en otro topic que plantee sobre un tipo que se consideró despedido verbalmente al no poder ingresar a laborar, y a la cual casi todos coincidieron con lo que decis vos que previamente hay que intimar a que se aclare situacion laboral, considero que ello no es asi, y he encontrado fallos en que los jueces admiten el despido verbal asimilandolo a una injuria sin tener que transitar por el camino previo de intimar a que se fije posicion laboral, obviamente deberá probarse... como cualquier despido, aun el por escrito debe probarse!!.
fijate el post que dice "despido verbal" ahi ingresé una direccion que lleva al fallo en donde una camara considera al despido verbal, y no es el unico, no hay que confundir a la gente diciendo que el despido verbal no existe... si existe!! solo que no es conveniente invocarlo por dos motivos: 1) la prueba del despido verbal es mas complicado de conseguir, pero no imposible si tenes testigos presenciales del hecho. 2) como bien dice DAL le conviene mas al bolsillo del trabajador intimar previamente por el tema de las multas de la 24013, pero no hace a la eficacia del despido sino a la conveniencia monetaria del actor.

 #55818  por TORDO
 
no, si es suicida, por que primero no puede contestar abandono de trabajo si no intimo previamente.- deberia haber contestado por Art 241.-

de una u otra forma esta reconociendo la relación laboral, salario, antigüedad, peor en su caso por que al responder abandono sin intimación previa esta contestando que la relación sigue, así que lo habilita al trabajador a considerarse despedido por negativa a regularizar la relaciUn laboral e injuria de abandono de trabajo, así que al actor le dejo la pelota en el arco y sin arquero, ni jugador a la vista.- es suicida .-

casi que le gana el juicio y sin testigos

suerte

 #56000  por Pipi
 
Bueno.. luego de todo lo leido... llegue a la conclusion de que intimare a que aclare situacion laboral... sin decir nada obviamente del despido que se produjo para no perder las multas.... e intimare por lo adeudado...
Ahora lo que me quede con la duda.. fue si en el mismo intimo a que blancqueen la realcion laboral.. o no??? ahi me tilde!!
Por suerte esta mujer aun no volvio al estudio...! pero en cualquier momento aparece!! jajaa
Gracias!

 #56035  por DAL
 
OBVIO PIPI!!!

Todo el quilombo es para meter la intimación de blanqueo (24013) antes del despido. El art. 3 del decreto reglamentario (2500 y pico del año 92, fijarse en INFOLEG) es el que te dice que la intimación a registrar debe cursarse VIGENTE la relación laboral, de ahí es tan importante meterla antes del despido, verbal escrito o lo que se sea!!!!

 #56039  por Pipi
 
Ok, Dal... si si lo tengo bien en claro que se intima el blanqueo mientras perdura la relacion laboral... la pregunat era simplemente si lo hacia todo junto!
Ok... quedo todo clarito ahora!
Gracias.

 #56963  por maria0
 
Tenes razon Tordo, es un suicida!!!!!!!!!!!!!!

 #56964  por maria0
 
Jose te pregunto algo de lo que dijiste, porque justo tuve un cliente que me paso algo similar. Estaba en negro, lo despidieron, cuando me vino a ver hacia algo de dos semanas que no iba a trabajar, pero lo que hice fue reclamar por negativa de trabajo y debida registrsacion. La empresa rechazo recibir la carta, con lo cual me fue devuelta y asi considero que esta debidamente notificada. y a los dias envie la carta donde mi cliente se considera despedido e injuriado.
Esta bien mi proceder ? Con lo que acabo de leer me genera esa duda.... En estos casos que estan en negro y ya dejaron de trabajar, para poder reclamar todo, la unica manera es reclamar por negativa o hay alguna otra forma? MIL GRACIAS
Saludos

 #56965  por maria0
 
Jose te pregunto algo de lo que dijiste, porque justo tuve un cliente que me paso algo similar. Estaba en negro, lo despidieron, cuando me vino a ver hacia algo de dos semanas que no iba a trabajar, pero lo que hice fue reclamar por negativa de trabajo y debida registrsacion. La empresa rechazo recibir la carta, con lo cual me fue devuelta y asi considero que esta debidamente notificada. y a los dias envie la carta donde mi cliente se considera despedido e injuriado.
Esta bien mi proceder ? Con lo que acabo de leer me genera esa duda.... En estos casos que estan en negro y ya dejaron de trabajar, para poder reclamar todo, la unica manera es reclamar por negativa o hay alguna otra forma? MIL GRACIAS
Saludos

 #57463  por TORDO
 
Maria0 esta bien lo que hiciste ya que hay jurisprudencia de sobra que dice que si tuvo la posibilidad de notificarse y no lo hizo (rechazo el envio telegrafico), se lo considera notificado.-

por cuanto imagino que lo considerarste despedido por silencio de la contraria.-

el tema de la negativa de trabajo es el mas conveniente en estos casos, pero tambien podría haber alegado conjuntamente la negativa a regularizar la relacion laboral, solo que ante el rechazo de la CD, en ese caso quedaria la duda si deberias haber esperado 30 días o no.-

por lo cual la negativa resulta mas segura.-

suerte

 #57470  por maria0
 
Gracias Tordo!
Yo reclame por abandono y por debida registracion. Y en cuanto me rechazaron recibir el TCL espere 48 hs. y lo considere despedido e injuriado. Los 30 dias los espero para reclamar el art. 80. Hasta lo que sabia era asi.
Gracias
Saludos

 #57632  por MARINAC
 
Hola Pipi:

Le podes reclamar los 14 años al actual empleador, pero yo demandaria tambien a los anteriores dueños solidariamente. O sea : empleador : el actual dueño , Solidarios : los anteriores. Al fin y al cabo son solidarios por las obligaciones que se devengaron hasta la transferencia , y como por la ley 24013, podes reclamar los 14 años , yo creo que por las obligaciones previsionales son responsables tambien. Aunque creo que las multas le corresponde al actual empleador ... El sabia o deberia haber sabido los años en negro que trabajo esta persona, no puede alegar ignorancia sobre ese tema.

¿ Que opinan ? Por las dudas, escucha mas opiniones...

 #57651  por DAL
 
Me parece que no hay que demandar a los anteriores si la ultima transferencia fue hace más de dos años.
Los adquirentes asumen toda la responsabilidad por los años anteriores, pero los anteriores no quedan obligados sine die.
No se decirte si esto surge o no de la LCT pero no tocaría a los anteriores. Hay que estudiarlo, solo me suena la alarma . . . :lol:

 #57670  por Sailaw
 
Bien DAL!!! es así, pero si los actuales no revisten solvencia patrimonial suficiente o se está en la duda, conviene traer a juicio tambien a los que transfirieron el fondo de comercio.

 #60816  por Pipi
 
No lo puedo creeeerrrr!! Me tocó el abogado amigo... al final mande en el TCL para que regularicen situacion laboral + 24013 y me respondieron con abandono de trabajo... obviamente sin intimacion previa!!!!

Puse en el TCL una fecha anterior a la q estaba trabajando... sin querer... aunq no lo puedan creer!!! :wink: y me respondieron q la fecha era incorrecta... ya q ingreso el 01.08.2007 y q la relacion no estaba blanqueada porque estaba en periodo de prueba!!!!

Ahora??¿?¿?¿?¿?¿?¿?

Me considero despedida, pido certificados, recibos y demas??

NO LO PUEDO CREEEEERRRR!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #60827  por Pipi
 
Perdon... no era la Sra. del conultoria.. era otra que trabajaba para una textil! Aclaro.. porque parece que queda medio descolgado!