Tengo una pequeña duda:
Resulta que tengo un cliente con el que no me puedo comunicar, no se acerca al estudio y tengo que notificarle la fecha de una pericia caligráfica. Puedo confeccionar y firmar yo mismo la cédula notificándole la resolución que ordena "notifíquese", dirigíendola una a la otra parte al constituido y a mi cliente al domicilio real??? Yo actúo como letrado patrocinante en la provincia de Buenos Aires, y la consulta es a los efectos cubrirme de una eventual mala práxis.
Escucho sus opiniones. Gracias.
Resulta que tengo un cliente con el que no me puedo comunicar, no se acerca al estudio y tengo que notificarle la fecha de una pericia caligráfica. Puedo confeccionar y firmar yo mismo la cédula notificándole la resolución que ordena "notifíquese", dirigíendola una a la otra parte al constituido y a mi cliente al domicilio real??? Yo actúo como letrado patrocinante en la provincia de Buenos Aires, y la consulta es a los efectos cubrirme de una eventual mala práxis.
Escucho sus opiniones. Gracias.