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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #56868  por claudiamv
 
Hola , me llego una pension deribada de una concubina, me dijieron que se puede enviar por internet,pero antes tengo que hacer el adp por la convivencia, el tema es que hice todo y cuando lo voy a enviar por internet me dice que la relacion no esta acreditada y no me lo toma. En el adp me figura como que si estan acerditados Pregunta es necesario que diga en el adp convivente previsioanl o basta que diga sus datos filiatorios estan acreditados?.- Muchas Gracias

 #56870  por empí©docles
 
Debe decir conviviente previsional.- Para eso tenés que llevar los elementos probatorios del decreto 1290/94 y dict. GAJ 30581.- Cumplido ese trámite no vas a tener problemas para envialra por la web.-
 #57140  por macobosio
 
HOLA.. PODRAS FACILITARNOS ESA NORMATIVA. DESDE YA, MIL GRACIAS.

 #57311  por empí©docles
 
El dec- 1290 reglamenta el art. 53 24241.- Y el dictamen de la GAJ indica cómo han de considerarse las pruebas aportadas, cómo debe sustanciarse la sumaria, instrumentos públicos con reconocimiento del causate, etc.- No tengo el texto pero sí buena memoria.- Ubicá el decreto y con eso ya está.- No tenés una ley comentada???? Esa sí la tengo y te puedo ampliar.-

 #57535  por macobosio
 
Que Ley comentada tenes? que autor? asi la busco. Saludos