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 #575379  por Summers
 
Hola, les pregunto por un alimentos que me tramita en la matanza, sobre la prueba informativa la jueza me ordeno confeccionar los oficios, ya los hice en el expediente quedo copia y me entregaron una a mi con el sello del juzgado, ahora debo diligenciarlos yo, no? Donde, en la oficina de notificaciones y mandamientos ? Cuanto sale el tramite? Si me mande alguna perdon pero siempre que presente los oficios los diligenciaba el juzgado...gracias!

Pd, muy util el buscador, yo antes de preguntar me fijo y me saco muchas veces las papas del fuego. Gracias!
 #575408  por docthos
 
Hola!, no los oficios no son como los mandamientos o cedulas, estos los diligencia el profesional, depende de donde sea, si es cerca de tu area de actuacion lo llevas por duplicado te lo reciben y te llevas la copia sellada para adjuntar al expediente y eventualmente pedir un reiteratorio, si es mas lejos contratate una gestoria, que no cobran caro y es el mismo procedimiento, exitos!
Summers escribió:Hola, les pregunto por un alimentos que me tramita en la matanza, sobre la prueba informativa la jueza me ordeno confeccionar los oficios, ya los hice en el expediente quedo copia y me entregaron una a mi con el sello del juzgado, ahora debo diligenciarlos yo, no? Donde, en la oficina de notificaciones y mandamientos ? Cuanto sale el tramite? Si me mande alguna perdon pero siempre que presente los oficios los diligenciaba el juzgado...gracias!

Pd, muy util el buscador, yo antes de preguntar me fijo y me saco muchas veces las papas del fuego. Gracias!
 #575539  por Laws
 
Claro, si los oficios van por art 400, van con firma y sello, y si van para confronte, los tenes que hacer y dejarlos en el juzgado para que te los sellen y te los devuelvan, pero en ambos casos vos tenes que diligenciarlos, y luego los tenes que acreditar en el expediente.
Es MUY importante que tengas en cuenta los plazos, las entidades oficiadas tienen un plazo de 10 dias para contestar los oficios, y a partir de los 10 dias de vencido el plazo para la contestación sin haberlo hecho, vos tenes 5 dias para pedir la reiteracion de los mismos, mediante escrito en el juzgado solicitando al Juez que para el caso de que la entidad oficiada vuelva a incumplir con la contestacion, se impongan sanciones conminatorias progresivas (astreintes). Por lo menos asi es en Capital Federal, me imagino que en provincia es igual, pero quizas difieran los plazos.

Saludos

L's
 #575546  por Laws
 
Laws escribió:Claro, si los oficios van por art 400, van con firma y sello, y si van para confronte, los tenes que hacer y dejarlos en el juzgado para que te los sellen y te los devuelvan, pero en ambos casos vos tenes que diligenciarlos, y luego los tenes que acreditar en el expediente.
Es MUY importante que tengas en cuenta los plazos, las entidades oficiadas tienen un plazo de 10 dias para contestar los oficios, y a partir de los 10 dias de vencido el plazo para la contestación sin haberlo hecho, vos tenes 5 dias para pedir la reiteracion de los mismos, mediante escrito en el juzgado solicitando al Juez que para el caso de que la entidad oficiada vuelva a incumplir con la contestacion, se impongan sanciones conminatorias progresivas (astreintes). Por lo menos asi es en Capital Federal, me imagino que en provincia es igual, pero quizas difieran los plazos.

Saludos

L's
cuando dije "si los oficios van por art 400" quise decir que iban con TU firma y sello, error de tipeo

L's
 #576264  por Summers
 
Mil gracias doctos y laws por contestar, me quedo conforme que lo hice asi, es decir, con mi sello y firma, me entrego el juzgado una copia con sello del mismo y otra quedo en el expediente, el tema es como nunca dilegencie uno como hay que hacer, a traves de una gestoria? :oops:
 #576266  por sole10
 
Summers escribió:Mil gracias doctos y laws por contestar, me quedo conforme que lo hice asi, es decir, con mi sello y firma, me entrego el juzgado una copia con sello del mismo y otra quedo en el expediente, el tema es como nunca dilegencie uno como hay que hacer, a traves de una gestoria? :oops:
Depende de dónde se domicilie el organismo,que debe responder el informe.
Si te queda cerca,lo entregás vos misma;de lo contrario,lo hacés mediante una gestoría.
 #576279  por Summers
 
sole10 escribió:
Summers escribió:Mil gracias doctos y laws por contestar, me quedo conforme que lo hice asi, es decir, con mi sello y firma, me entrego el juzgado una copia con sello del mismo y otra quedo en el expediente, el tema es como nunca dilegencie uno como hay que hacer, a traves de una gestoria? :oops:
Depende de dónde se domicilie el organismo,que debe responder el informe.
Si te queda cerca,lo entregás vos misma;de lo contrario,lo hacés mediante una gestoría.
Ahora me quedo claro, mil gracias sole como siempre una genia! *flor*
 #578058  por docthos
 
de nada, para eso estamos, eso si acordate de llevar una copia asi te la traes sellada para poner como constancia en el expediente, exitos!
Summers escribió:
sole10 escribió:
Summers escribió:Mil gracias doctos y laws por contestar, me quedo conforme que lo hice asi, es decir, con mi sello y firma, me entrego el juzgado una copia con sello del mismo y otra quedo en el expediente, el tema es como nunca dilegencie uno como hay que hacer, a traves de una gestoria? :oops:
Depende de dónde se domicilie el organismo,que debe responder el informe.
Si te queda cerca,lo entregás vos misma;de lo contrario,lo hacés mediante una gestoría.
Ahora me quedo claro, mil gracias sole como siempre una genia! *flor*
 #578783  por Summers
 
docthos escribió:Hola!, no los oficios no son como los mandamientos o cedulas, estos los diligencia el profesional, depende de donde sea, si es cerca de tu area de actuacion lo llevas por duplicado te lo reciben y te llevas la copia sellada para adjuntar al expediente y eventualmente pedir un reiteratorio, si es mas lejos contratate una gestoria, que no cobran caro y es el mismo procedimiento, exitos!
Summers escribió:Hola, les pregunto por un alimentos que me tramita en la matanza, sobre la prueba informativa la jueza me ordeno confeccionar los oficios, ya los hice en el expediente quedo copia y me entregaron una a mi con el sello del juzgado, ahora debo diligenciarlos yo, no? Donde, en la oficina de notificaciones y mandamientos ? Cuanto sale el tramite? Si me mande alguna perdon pero siempre que presente los oficios los diligenciaba el juzgado...gracias!

Pd, muy util el buscador, yo antes de preguntar me fijo y me saco muchas veces las papas del fuego. Gracias!
Mil gracias doctos para vos tambien!! Buen finde! *flor*