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  • Pension derivada no aceptada por web, les paso lo mism a UDs

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #56837  por Aprendiendo
 
Hola, le paso a alguien mas le paso lo mismo que me paso a mi.

Cargue una pensión derivada por la web el 27/9 y me llego una notificación que en la solicitud de beneficio se detecto que no se encuentra liquidación.

La causante falleció a mediados 09/07 y cobraba por primera vez en octubre.

Me dicen en el 0800 que hay que sacar turno, alguno tuvo el mismo problema y la volvió a mandar por web y fue aceptada o tuvo que sacar turno si o si. (pregunto ya que si la vuelvo a enviar ahora en oct quizás que el sistema la encuentra a la liquidación ya que tenia fecha de cobro este mes), les pregunto ya que en el 0800 me dicen que las pensiones derivadas de jubilaciones que se tramitaron por web si o si hay que hacerlo con turno ya que no saben cual es el problema que no encuentran la liquidación.

Espero algún comentario.

Saludos.

 #56857  por empí©docles
 
eS CORRECTO.- VA POR TURNO PORQUE LA CAUSANTE TIENE HABERES DEVENGADOS QUE NO VAN A SER LIQUIDADOS POR LA WEB.-
 #56874  por ms2006dc
 
tenes q tramitar el haber devengado no liquidado primero y despues de eso hacer la pension
son unos formularios q te dan en anses y tiene q ir el conyuge y si hay otros herederos tambien
acordate q tambien podes tramitar el subsidio por fallecimiento q son $1000 ahi en anses con otros formularios
saludos!

 #56894  por empí©docles
 
El trámite que sugiere ms2006dc lleva un tiempito que podés ahorrar si iniciás la pensión por turno porque se trata de los reclamos de haberes devengados que se liquidan a partir de los 90 días de ingresados a la UDAI (con suerte)y desde la liquidación son dos meses más para cobrar; tenés que llevar partidas de nacimiento, ir a certificar firmas de todos, etc.- Y así pasaron al menos 06 meses para cobrar lo devengado y empezar con la pensión.-
Si iniciás la pensión te liquidan lo devengado hasta el deceso del causante, el subsidio de contención dec. 599/06 y los haberes de pensión, TODO en un sólo trámite y sin movilizar a toda la familia.-

 #56927  por Keenu
 
ES POR TURNO SI O SI AL MENOS NUNCA PUDE HACERLO POR OTRA FORMA Y LA CITO A LA SRA. PARA QUE FIRME TODO.SUERTE

 #57270  por Aprendiendo
 
Muchas Gracias a todos por sus comentarios.

 #57438  por cristiancordoba
 
Estoy en la misma. Ya saque turno. Me podrian decir que papeles tengo que llevar al turno? Muchas gracias!

 #57617  por Maria C.
 
Hola, tengo el siguiente caso el sr.jubilado hace mucho pero sus ultimos 3 haberes nadie los cobro, ahora fallece. La puedo ingresar por web y me pagaran lo que no percibio??? o va pro turno??? Gracias