Hola a todos! tengo el siguiente cuestionamiento. Puedo en un divorcio por causal objetiva, solicitar tenencia y regimen de visitas?
ALISVAL escribió:Estimados, si en un principio ambas partes estaban de acuerdo para el divorcio, separados desde hace 20 años, y ahora la esposa no quiere firmar, que debo hacer ??? espero puedan ayudarme !!Podés iniciar el divorcio por causal objetiva (art.214 inc.2 CC) sólo con tu cliente.
ANVERE escribió:presentar un acuerdo para su homologación es imposible, atento a la mala relación de los conyuges. Mira la situación es la siguientes estan separados desde dic de 2005, tienen dos hijos, de 11 y 5 años, cada uno de ellos tiene la tenencia de hecho de uno de los menores. Como no llegan a un acuerdo por el tema de regimen de visitas, quiere mi cliente hacer el divorcio, y judicializar el tema de la tenencia, y que quede establecido un regimen de visitas. Vos decis que haga lo del divorcio en principio y luego lo de los alimentos y visitas? Gracias por tu respuestaInicia divorcio por un lado.. tenencia, regimen y alimentos por otro..
ALISVAL escribió:Estimados, si en un principio ambas partes estaban de acuerdo para el divorcio, separados desde hace 20 años, y ahora la esposa no quiere firmar, que debo hacer ??? espero puedan ayudarme !!como te dijo Paris.. lo inicias solo con tu cliente, por el 214 inc 2... te sale igual.. suerte
ALISVAL escribió:Gracias Paris y Analia !!!!, por la ayuda. Suerte !!De nada, Alisval!!!! Suerte !!!!