Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HONORARIOS POR AMPARO c/ANSeS. APELACION. AYUDA.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #577977  por candado8
 
Hola colegas, les comento el caso a ver si me dan una mano.

Tengo un amparo por descuentos mal realizados por ANSeS, ya ganado y cobrado por el cliente, en el que se condenó a la ANSeS en costas. A su vez, en la misma sentencia, se difirió la regulacion de honorarios para cuando hubiere BASE REGULATORIA. Una vez habida dicha base (o sea, la liquidacion que presentó Anses, la cual yo consentí), pido regulación de honorarios, y, oh sorpresa, me regulan MIL PESOS. Encima, fundan el auto regulatorio en la 21.839...que habla expresamente de entre un 11 y 20 % del monto del proceso (que obviamente da muuucho mas que los miserables $1000 q me regularon). Monto que, ademas, estaba perfectamente determinado y liquidado.

Obviamente voy a apelar, ya que no tomaron en cuenta ni lo que dice la ley ni sus propias palabras en la sentencia de grado, pero NECESITO JURSIPRUDENCIA.

Y es que, como en la mayoria de los casos las costas son por su orden, me cuesta encontrar jurisprudencia en la que se condene a ANSeS en costas. Alguien me ayuda a fundar mi recurso??? algun consejo al respecto??

En caso de ganarlo, tengo chances de COBRARLO?? tengo entendido que la ANSeS en materia de honorarios es muy mala pagadora...
 #1112196  por candado8
 
cyoryi escribió:Hola colega. Como te fue con este tema? Pudiste cobrar algo?
Todavía no puedo cobrar nada.

Apelé los honorarios, la cámara me hizo lugar y me los subieron bastante. Tuve que iniciar un engorroso proceso administrativo que no llevó a nada. Ahora he iniciado directamente la ejecución, a ver como me va.
 #1116249  por cyoryi
 
La prestacion en mi caso fue de mas de 500.000, y me regularon $3000.
Hay jurisprudencia de la Camara Federal de CR que en estos casos lo confirma, asi que ni me moleste en apelar. Vamos a ver como hago para cobrarlos.