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  • Ejecución - Sentencia firme - Intimación?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #578475  por DraSolcito
 
Estimados:

En una ejecución de un acuerdo de Seclo por falta de entrega de certificados art. 80, después de bastante discutir en el juzgado, logré que le impusieran al empleador una multa de $4600, la cual, obviamente, el empleador recurrió. Cuando me dan traslado, expreso, entre otras cosas, que no corresponde conceder el recurso de apelación por no exceder el monto mínimo de apelabilidad. A lo que el juzgado contesta en lo pertinente:

"...corresponde dejar sin efecto la concesión del recurso de apelación interpuesto a fs. 40, toda vez que por no exceder el valor que se intenta cuestionar en la Alzada el equivalente a 300 veces aquel importe ($20.-), vigente al momento de tener que resolver sobre la concesión del recurso, la sentencia resulta inapelable (art. 106 de la L.O.). Consecuentemente, desestímase el recurso de apelación deducido."

Ahora bien... Debería presentar un escrito en el juzgado para que intimen a la demandada al pago? Debería pedir primero que regulen honorarios y que paguen todo junto? Hago todo junto? Pido el desglose de los certificados y la documental original?

Como siempre, gracias por su ayuda!
 #578599  por Romina34
 
Espera otras opiniones pero yo, atento el estado de autos, pediría se regulen honorarios. Una vez eso, y estando firme tal regulación, pediría se intime a la demandada a pagar la multa ordenada a fs. x y los honorarios regulados a fs.x.
En forma separada y en simultáneo con el pedido de regulación de los honorarios, también atento el estado de autos, solicitaría el desgloce de los certificados.
Saludos,
 #579251  por MORGAN
 
Podés pedir que se ordene trabar embargo por la suma adeudada más lo que VS estime corresponder para e pago de las costas, con eso ya generás honorarios por la ejecución.
 #579373  por DraSolcito
 
Gracias Romina y Morgan!!!

Preguntontísima: Hay algún plazo para esto? Digo, habiendo sentencia firme, yo tengo algún plazo para intimar al pago o puedo esperar tranquila? Ya sé que el interés por cobrar es mío (y de mi cliente) pero más allá de eso, tengo algún plazo de caducidad o prescripción?