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 #578538  por marsol
 
Hola como estan? tengo un cliente que llevaba un tema con un colega no le habia otorgado poder, este colega no hizo más que iniciar la demanda, la que quedo durmiendo en el juzgado ahora este señor quiere sustituirlo y no sabemos si corresponde enviarle carta documento puesto que no hay poder que revocar y que los honorarios se pagaron con anticipación, que piensan que corresponde hacer?
Desde ya muchas gracias.
 #578617  por Lizzie
 
Para la sustitución, por razones de ética, es preciso que te dirijas al Colegio de Abogados y solicites un formulario con el que van a notificar al anterior letrado de la sustitución, sino lo hicieras serías pasible de sanción. Una copia de éste quedará agregada en el expte.
Luego deberás presentarte con bono y Ius, y respecto al hecho de que tu cliente le abonó todo por adelantado... :roll: habrá que ver si hizo convenio porque allí en gral. se explicita que el letrado cobrará en proporción a la intervención que haya tenido, por lo que deberás estudiar la posibilidad de que si cobró más allá de labor efectivamente realizada deba reclamar ese monto.
Saludos.
 #579670  por natalia84
 
Si es en Capital Federal, el Colegio aun no dispone de esos formularios para notificar la sustitución así que debés enviar una carta documento al colega.
 #579748  por Lizzie
 
ah ok. Tenés razón natalia..porque yo me refería a pcia. de Bs. As.
Saludos.