EN ALGUNOS JUZGADO se hace la diferencia entre exhorto, oficio y rogatoria de acuerdo al grado del juez al q va dirigido el mismo (CDO.LA OrDEN VA DIRIGIDA A un juez de MENOR grado se llama EXHORTO, CDO. ES ENTRE JUECES DEL MiSMO grado se llama OFICIO, y cdo. es a un juez de mayor grado se llama ROGATORIA) pero la ley 22172 habla solamente de OFICIO.
Si no tenés ningun abog. conocido en esa prov. lamentablemente vas a tener q agarrar una guia del foro de esa localidad y buscar a lo ciego, y x supuesto el costo q eso tiene.