Estimados colegas tengo que iniciar una mediacion por alimentos ya que la ex pareja de mi clienta nunca le paso alimentos por el hijo menor que tienen, mi duda surge porque el padre se fue a vivir a mendoza y no tiene la direccion, la madre con el menor viven en capital, y la unica direccion que tenemos es de los abuelos paternos que viven en mendoza, podre llevarlos a mediacion?, por otro lado que parametros se toman en cuenta para pedir la cuota alimentaria? y quien debe abonar los honorarios del mediador? Si alguien puede orientarme desde ya muchas gracias
Hola colega:
La respuesta al tema de honorarios la tenés en el Decreto 1465/2007 y con respecto a la cuota de alimentos, hay que tener como parámetro las necesidades del menor, su condición socio económica en el caso de situación de divorcio o separación personal y los ingresos del aportante obligado. Podés pactar un porcentual o importe fijo, pero en este último caso siempre va a estar sujeto a pedidos de aumento de cuota alimentaria, por desactualización del poder adquisitivo de las sumas pactadas.
Sdls,Claudia Mon