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  • PERSONAL DOCENTE DE BS. AS. INCOMPATIBILIDADES

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #529043  por septiembre
 
En la pcia. de Bs. As. dejan cesante al personal docente que entre establecimientos p{ublicos y privados suman más de 20 módulos por aplicación del art. 28, 29 y 30 del Estatuto docente, aclaro que la supuesta incompatibilidad no quiere decir superposición horaria, se hizo el recurso admistrativo, en 2008 aduciendo la inconstitucionalidad del art. no hubo respuesta, hace unos días el directivo a cargo frente a las planillas de incompatibilidad eleva nuevamente al inspector la carga horaria, generando otra vez controversias, se formula carta documento al directivo por la actitud coactiva que tuvo, y se presenta nota al administrativo para formular la denuncia, como así el pronto despacho de la presentación anterior. Después de este breve!!!!, relato Solicito ayuda, todavía no la cesaron.... QUE ME ACONSEJAN Solicito medidas cautelares, Hago un amparo por mora o presento directamente la demanda, si alguien tiene experiencia en el tema, agradecería la ayuda
 #530974  por Ferleone
 
Las incompatibilidades del Estatuto Docente son sacras para la Dirección De Escuelas de la Pcia. de Bs. As. Por la parte administrativa no te van a dar bola, pero tendrias que agotar la via si queres iniciar demanda.
De todas maneras, a tenor de los derechos constitucionales en juego, yo iniciaria un amparo pidiendo la inconstitucionalidad de la norma con una medida cautelar de no innovar en caso de que no la hayan cesanteado, o innovativa si ya lo hicieron.
Conta por favor como te fue porque en general no hay jurisprudencia sobre el tema y hay muchos docentes afectados.
 #536873  por mutemroshi
 
estimados colegas, soy relativamente nuevo en el foro, y definitivamente nuevo en la profesion ya que me matricule recien en febrero..... bueno basta de presentaciones y vamos con el tema.....

estoy con el mismo caso y tengo bastantes docentes con el mismo problema, estoy de acuerdo con ferleona... hay que presentar un amparo con la cautelar en el caso del cese, si todavia no los cesaron hay que atacar por la via recursiva la notificacion ya que hasta ahora las que yo atendi ninguna respeta el art. 30 de la reglamentacion y todos estan mal notificados, y ampararse entre otras cosas en la ley de transferencia ley nac. 24.049 y prov. 11.524 por la inaplicabilidad del art 28 que nada dice sobre instituciones privadas o publicas.... cuando termine de armar el amparo lo subo como modelo igual si quieren aportar mas ides mejor asi lo hago mas completo, un saludo colegas
fernando
 #568328  por septiembre
 
Les cuento que presente un amparo por mora junto con una medida cuatelar de no innovar, me responden que ambas acciones no son acumulables así es que tengo que enderezar la acción, no presenté un amparo común ya que es dificil que le hagan lugar sin que el daño se haya producido ( por lo menos es mi experiencia en los Tribunalers de Morón) y en este caso el cese todavía no se produjo en las horas excedentes. Me gustaría saber si alguien presentó alguna acción que haya resultado exitosa como así también si alguno necesita el modelo de amparo ppor mora lo paso . Tantas Gracias..!!!!!
 #579090  por legalpao
 
no quiero ser mala onda pero es lo mismo que paso con los profes que daban materias que luego con la reforma desaparecieron y quedaron en disponibilidad por 2 años mas de eso no .. y luego se dedicaron a otra cosa
este tema se supone que siempre se manda la incompatibilidad, o sea sabian los docentes la cantidad de horas que tenian y fueron en busca de mas (x lo menos los q conozco) hasta que depronto alguien dijo basta x que hay muchos sin horas, (politica socialista esta) y comenzo la caeria de brujas.
van aducir ! que el nomenclador cambio, la medida de no innovar va a frenarlo x un tiempo pero aca nada tiene que ver la tan aducida x el pueblo docente : derecho adquirido derecho adquirido.
fijense bien que dice la reglamentacion de incompatibilidades osea la ultima res. o circular que salio x que se guian x eso y ademas el estatuto pero 1º la resol que reglamenta la incompatibilidad en base a que res o cirular se los esta cesando y como se cesa al un titular ...
recuerden que esto del dcho adm . es totalmente arbitrario.