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  • ADICION APELLIDO CONCUBINO A HIJO DE SU PAREJA

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #574538  por Carolinah
 
Estimados foristas:

Es mi primer consulta, espero puedan evacuar mi duda. Vino una clienta a consultarme que necesita que su hija, reconocida sólo por ella en toda la documentación, lleve el apellido de su pareja. Ellos conviven desde que su hija tiene dos meses y hasta la actualidad que la niña tiene casi 5 años de edad. Estuve mirando otros posts y noto que hay variedad de soluciones a esto (adopción, filiación, presentarse directamente en las oficinas del Registro Civil, acercarse a un Juzgado de Paz). Su primordial intención es que poder ingresarla en la obra social de su marido y no es posible presentar certificado de convivencia, ni nada similar. Le exigen que la nena lleve el apellido de la persona titular de la obra social. Qué acción me recomiendan iniciar?????. Esto es en San Martín, Prov. de Bs. As.
Agradeceré respuesta a la brevedad,
Saludos cordiales.
 #574674  por Paris
 
Carolinah escribió:Estimados foristas:

Es mi primer consulta, espero puedan evacuar mi duda. Vino una clienta a consultarme que necesita que su hija, reconocida sólo por ella en toda la documentación, lleve el apellido de su pareja. Ellos conviven desde que su hija tiene dos meses y hasta la actualidad que la niña tiene casi 5 años de edad. Estuve mirando otros posts y noto que hay variedad de soluciones a esto (adopción, filiación, presentarse directamente en las oficinas del Registro Civil, acercarse a un Juzgado de Paz). Su primordial intención es que poder ingresarla en la obra social de su marido y no es posible presentar certificado de convivencia, ni nada similar. Le exigen que la nena lleve el apellido de la persona titular de la obra social. Qué acción me recomiendan iniciar?????. Esto es en San Martín, Prov. de Bs. As.
Agradeceré respuesta a la brevedad,
Saludos cordiales.
Carolina, ¿preguntaste si te sirve una informació sumaria?
 #574690  por Carolinah
 
No. En realidad, no me comuniqué con la obra social para ver cuales serían los requisitos exigidos por ellos, sólo, hasta ahora, me guié por los dichos de esta persona. Pero comentame mejor a que te referis con información sumaria.....
 #574703  por Paris
 
Carolinah escribió:No. En realidad, no me comuniqué con la obra social para ver cuales serían los requisitos exigidos por ellos, sólo, hasta ahora, me guié por los dichos de esta persona. Pero comentame mejor a que te referis con información sumaria.....
Es un trámite muy simple, presentás demanda de información sumaria ofreciendo 3 testigos y demás pruebas de las que quieras valerte para acreditar tus dichos respecto del punto que te interesa probar. Te recomiendo primero que todo que hablés vos con la obra social porque la gente muchas veces no tiene oido jurídico para entender lo que le están pidiendo. Suerte!!!!
 #578498  por Carolinah
 
Gracias Paris. Como me dijiste, me comuniqué con la obra social y lo que requerían era una información sumaria. Nos dirigimos al sector de empadronamiento de la obra social y nos proporcionaron ese dato. La información sumaria la gestiona el titular de la obra social junto a dos testigos. Todos con D.N.I. en mano. Se puede realizar en Tribunales o en Juzgado de Paz. Acá en San Martín se divide de la siguiente forma: si el titular tiene domicilio en San Martín, lo gestiona ante Tribunales San Martín; si tiene domicilio en Tres de Febrero, se presenta directamente en Juzgado de Paz. Ellos acreditan la convivencia y también que el titular de la obra social se está haciendo cargo de la hija biológica de la concubina. Exigen, además de los dos testigos, D.N.I. original, fotocopia 1°, 2° hoja y cambio de domicilio (aunque no se haya realizado y se encuentre en blanco), partida de nacimiento original y fotocopia, deben estar presentes los concubinos (los dos). Es un trámite simple. En Juzgado de Paz se entregan 20 números a partir de las 7:30hs am.....pero como los acompañé como letrada y fuimos fuera del horario (porque no sabiamos) nos recibieron igual. Les comento asi el post queda resuelto, espero le sirva a algún otro colega. Es otra forma de generar honorarios. Cuando muchas veces nuestros clientes, por trámites meramente personales, se acercan a nosotros ya que ellos no pudieron gestionarlos. Y, la mayoría de las veces, con un abogado se soluciona.
Saludos, mil gracias, y espero con esta solución ayudar a otros que lo necesiten como yo lo necesité en su momento!.
 #579443  por Paris
 
Gracias, Carolina, por ocuparte de contarnos que las opiniones que te dimos sirvieron para resolver tu duda, y por tomarte el tiempo, además, de detallar el trámite para que cualquiera que lea este post pueda saber un poquito más sobre el tema.