Colegas, tengo un cliente al cual le notificaron en su domicilio una multa de tránsito en la provincia de Córdoba. Se trata de la conocida infracción por no llevar las luces bajas en la ruta. Me surgió una duda, que quizás para mas de uno es una pavada.... Pero he aquí preguntando, cuando se comete la falta, la prescripción de dicha multa era por el plazo de 2 años, ahora bien, con la modificación que se introdujo en 2008 o 2009, la misma infracción prescribe a los 5 años. La pregunta es si como la multa se produjo con la ley anterior, es un derecho adquirido y por lo cúal se encuentra prescripta, o si bien corre el nuevo plazo de la modificación.
Que opinan?
Saludos
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