Hola,
Quisiera saber si alguien me puede orientar con este tema.
Tengo el caso de un contribuyente que fallecio en el año 2003, estando vigente un Plan de Cuotas Municipal. Esa deuda provenia de su actividad comercial.
A la familia (viuda e hijas), le ha llegado un Ultimo Aviso intimandolas al pago de esa deuda, por parte de la Procuración Fiscal de la Municipalidad.
Mi pregunta es la siguiente:
1)La deuda que tenia el contribuyente, contraida como consecuencia de la actividad comercial que realizaba, es personal?
2)En el caso que no fuera personal, y habiendo existido declaratoria de herederos; entiendo que la Municipalidad no podria pretender cobrar dicha deuda a partir del patrimonio de sus hijas.
Esto es correcto??
Acepto recomendaciones y ayuda!!
Muchas gracias..
Quisiera saber si alguien me puede orientar con este tema.
Tengo el caso de un contribuyente que fallecio en el año 2003, estando vigente un Plan de Cuotas Municipal. Esa deuda provenia de su actividad comercial.
A la familia (viuda e hijas), le ha llegado un Ultimo Aviso intimandolas al pago de esa deuda, por parte de la Procuración Fiscal de la Municipalidad.
Mi pregunta es la siguiente:
1)La deuda que tenia el contribuyente, contraida como consecuencia de la actividad comercial que realizaba, es personal?
2)En el caso que no fuera personal, y habiendo existido declaratoria de herederos; entiendo que la Municipalidad no podria pretender cobrar dicha deuda a partir del patrimonio de sus hijas.
Esto es correcto??
Acepto recomendaciones y ayuda!!
Muchas gracias..