Estimados, mi nombre es Manuel soy Ingeniero y vivo en Córdoba Capital. Poseo una motocoupé marca BMW modelo Isetta del año 1958 que el RNPA sin fundamento declara que es un automotor.
Sin pretender aburrirlos les cuento que el RNPA sacó una plan de regularización para registrar motovehiculos antiguos sin papeles alli me presenté y me fue negado mi derecho de ingresar a dicho plan.
Que dice la ley 1114:
ARTICULO 5º.- A los efectos del presente Registro serán considerados automotores los siguientes vehículos:
automóviles, camiones, inclusive los llamados tractores para semirremolque, camionetas, rurales, jeeps,
furgones de reparto, ómnibus, microómnibus y colectivos, sus respectivos remolques y acoplados, todos ellos
aún cuando no estuvieran carrozados, las maquinarias agrícolas incluídas tractores, cosechadoras, grúas,
maquinarias viales y todas aquellas que se autopropulsen. El Poder Ejecutivo podrá disponer, por vía de
reglamentación, la inclusión de otros vehículos automotores en el régimen establecido.
Que dice el digesto titulo 3 del RNPA:
Artículo 2º.- Establecer que a esos efectos se entiende por motovehículos a los ciclomotores,
motocicletas, motocarro (motocargas y motofurgones), motonetas, triciclos y cuatriciclos con motor.
No existe la categoria de mi vehiculo MOTOCOUPE que es de creación anterior al RNPA que data de 1958, esta categorias de vehiculos nace en 1955 con la creación del Isetta en Italia una especie de motoneta carozada para evitar el frio y la lluvia, aca fueron conocidos como ratones alemanes (algunos los recordarán)
Estos vehiculos siempre fueron inscriptos como motos en los registros municipales, información que se le presentó al RNPA, ademas de brindarles mas de 12 motocabinas similares inscriptas como motovehiculos en la actualidad. A pesar de ello el RNPA (sin fundamentos) niega que es un motovehiculo.
¿Como debo actuar? ¿Ante quien me debo dirigir?
Gracias y saludos desde Córdoba, si quieren ver estos "raros" vehiculos busquen en el google grupo dynastart
Sin pretender aburrirlos les cuento que el RNPA sacó una plan de regularización para registrar motovehiculos antiguos sin papeles alli me presenté y me fue negado mi derecho de ingresar a dicho plan.
Que dice la ley 1114:
ARTICULO 5º.- A los efectos del presente Registro serán considerados automotores los siguientes vehículos:
automóviles, camiones, inclusive los llamados tractores para semirremolque, camionetas, rurales, jeeps,
furgones de reparto, ómnibus, microómnibus y colectivos, sus respectivos remolques y acoplados, todos ellos
aún cuando no estuvieran carrozados, las maquinarias agrícolas incluídas tractores, cosechadoras, grúas,
maquinarias viales y todas aquellas que se autopropulsen. El Poder Ejecutivo podrá disponer, por vía de
reglamentación, la inclusión de otros vehículos automotores en el régimen establecido.
Que dice el digesto titulo 3 del RNPA:
Artículo 2º.- Establecer que a esos efectos se entiende por motovehículos a los ciclomotores,
motocicletas, motocarro (motocargas y motofurgones), motonetas, triciclos y cuatriciclos con motor.
No existe la categoria de mi vehiculo MOTOCOUPE que es de creación anterior al RNPA que data de 1958, esta categorias de vehiculos nace en 1955 con la creación del Isetta en Italia una especie de motoneta carozada para evitar el frio y la lluvia, aca fueron conocidos como ratones alemanes (algunos los recordarán)
Estos vehiculos siempre fueron inscriptos como motos en los registros municipales, información que se le presentó al RNPA, ademas de brindarles mas de 12 motocabinas similares inscriptas como motovehiculos en la actualidad. A pesar de ello el RNPA (sin fundamentos) niega que es un motovehiculo.
¿Como debo actuar? ¿Ante quien me debo dirigir?
Gracias y saludos desde Córdoba, si quieren ver estos "raros" vehiculos busquen en el google grupo dynastart