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  • excepcion de cosa juzgada, acuerdo ministerio

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 #580861  por yobren
 
vengo con un tema complicado..
se presenta demanda, se da traslado y al contestar la parte demandada alega cosa juzgada!!!!!
resulta q mi cliente, tannnnnnn lindo, nunca me dijo que apenas lo despidieron fue al ministerio de trabajo, solo, sin patrocinio, y firmo un acuerdo! el dia q contestarn la demanda le llega a este sr. la homologacion de dicho acuerdo..
es asi q al margen de querer matarlo me encuentro en un serio problema!!!

este sr. trabajo 10 años, lo despiden alegando no tener otro puesto laboral para ofrecerle desp de que sufriera un accidente laboral, lo que estamos reclamando es que si tenian puesto laboral y no se lo otorgaron.. la indemnizacion acordada en ministerio y que le abonaron era el monto de un mes de salario.. por demas infimo..

en el acta del ministerio se dejo establecido que ya no podra reclamar concepto alguno por la relacion laboral finalozada...

que problemon!!! acepto comentarios, consejos, y cualq dato de utilidad.. mil gracias como siempre
 #580902  por doctordoctor
 
a ver yo no entiendo algo... si es que es capital..

Si un cliente va al ministerio para conciliar y no hay acuerdo, tiene que pasar por el SECLO como requisito previo para iniciar la demanda. Pero si es al revés no???? (es sarcástico)

Como fue que pudieron iniciar demanda sin pasar por el SECLO?? y como fue que tu cliente luego de haber firmado un acuerdo consulta a un abogado para .... para que?

Respecto de la pregunta que planteas... el Ministerio lo homologó? o lo registro? (vos decís que te llego la homologación)
 #580938  por Romina34
 
adhiero a las preguntas de doctordoctor.
por otro lado, decis que el acuerdo se hizo por una indemnizacion equivalente a un mes de salario, y así y todo se homologó? mmm
hablaste con tu cliente? el te confirmó que firmo el acuerdo? asumo que se trató de un espontáneo, no? aunque él haya ido sólo le debieron poner un abogado de parte del empleador (al menos los espontáneos de capital exigen patrocinio para el empleado, en pcia no), lo cual sería una irregularidad enooorme!!! así han caído muchos acuerdos espontáneos...
aclara un poco el tema!!
saludos,
 #581195  por flux
 
Fijate si esta homologado o no averiguando por el numero de expediente.

-Si no lo esta oponete diciendo que el acuerdo no tiene fuerza de cosa juzgada ademas de desconocerle el contenido (que el otro se mate probando con oficios)

-Si esta homologado pedi la nulidad de la homologacion basandote en el articulo 12 y 15 de la LCT (si el juicio es en pcia, es dudoso que lo ganes, en capital puede que si)